San Juan, Puerto Rico (EFE) – Una jueza del Tribunal de Primera Instancia de San Juan sentenció este jueves a tres años de probatoria a la administradora de un hogar para personas con enfermedades mentales en Río Piedras por homicidio negligente, por la muerte de una paciente de 20 años de edad.
Mayra E. Pérez Oyola, dueña del Hogar la Nueva Familia San Judas Tadeo, fue sentenciada a dicho tiempo en prisión por la jueza Ana Paulina Cruz, por haber ocasionado la muerte de Jaydie Nicole Álvarez, una de las pacientes de dicha institución de salud mental.
Esto significa que los efectos de la sentencia de reclusión son suspendidos para que la convicta se someta a un régimen de supervisión, según dispuesto en la Ley de Sentencias Suspendidas, informó el Departamento de Justicia en un comunicado.
De incumplir con los términos y condiciones establecidos por el tribunal, la convicta podría ser ingresada a prisión para cumplir su sentencia.
Las fiscales Brenda Rosado y Janice Maymí, de la Unidad de Control de Fraude al Medicaid (MFCU, en inglés), lograron demostrar más allá de duda razonable que Pérez Oyola mantenía restringida a la paciente y le retiró abruptamente los medicamentos recetados que esta requería para tratar su condición de salud mental.
Con esta acción, la ahora convicta creó un riesgo sustancial que derivó en la muerte de la joven de 20 años.
El 6 de diciembre del año pasado, un jurado emitió un veredicto unánime de culpabilidad contra Pérez Oyola por el delito de homicidio negligente, según tipificado en el Artículo 96 del Código Penal de Puerto Rico.
El caso surgió a raíz de un referido del Departamento de la Familia a la MFCU.