Por Miguel Díaz Román
Especial para EyBoricua.com
La Junta de Supervisión Fiscal advirtió que podría tomar medidas para evitar que se implemente una nueva ley contra el acoso laboral, que entró en vigor el pasado 7 de agosto, porque la certificación que el gobierno envió no tomo en cuenta un impacto financiero sustancial en el fondo general porque las demandas por acoso laboral no estarán sujetas al límite legal de compensación por daños que oscila entre $75,000 y $150,000.
La directora ejecutiva de la JSF, Natalie Jaresko, sostuvo que la Ley 90 del 2020, que pretende combatir el acoso en el lugar de trabajo, no cumple con el Plan Fiscal aprobado porque su impacto financiero fue desestimado en una certificación enviada por el gobierno a la JSF el pasado 19 de agosto.
Jaresko instruyó al gobierno para que prepare una nueva estimación del impacto fiscal de la Ley 90, que deberá incluir el objetivo de establecer una reserva de fondos para pagar las demandas por acoso laboral.
En la certificación el gobierno sostuvo que la ley “no es significativamente inconsistente con el Plan Fiscal 2020 para Puerto Rico” porque “no debe tener impacto en gastos. La certificación también concluyó que la ley “no tiene un impacto negativo en los ingresos”, pero advirtió que será puesta en vigor con los “recursos presupuestados” y “si es necesario, con una reprogramación de fondos”.
Pero Jaresko señala que la nueva certificación debe indicar el tamaño de esa reserva, lo que implica que se deberá estimar el número de demandas por acoso laboral que se podrían radicar contra el gobierno durante el año, y además, deberá indentificar la fuente de dónde surgirán los fondos para la reserva.
Las expresiones de Jaresko figuran en una misiva que el pasado de 16 de octubre le envió a la gobernadora Wanda Vázquez Garced y a los presidentes del Senado y de la Cámara de Representantes, Thomas Rivera Schatz y Carlos Méndez Núñez.
Según Jaresko, la certificación es deficiente porque no considera las implicaciones financieras de la Ley 90 y especialmente, los efectos nulos de la ley de Reclamaciones y Demandas contra el Estado, o Ley 104 de 1955 y sus enmiendas, que establece un límite de hasta $75,000 para las compensaciones por reclamaciones de daños contra el gobierno.
A su vez, la Ley 104 esteblece un límite de $150,000 si la demanda involucra a más de una persona en las reclamaciones por daños o cuando la parte perjudicada prevalece con más de una causa de acción legal contra el gobierno.
De acuerdo con Jaresko, la Ley 90 es una “ley especial”, que prevalecería sobre las disposiciones de la Ley 104, lo que implica que un Tribunal que falle a favor de un demandante por acoso laboral, podrá imponer una compensación superior a los topes por daños de $75,000 y $150,000.
“La Ley 90 amplía los reclamos que pueden presentarse contra el Estado Libre Asociado más allá de los establecidos en la Ley 104, y dichos reclamos no estarían sujetos a las limitaciones de los topes de daños establecido en la Ley 104”, sostuvo Jaresko en la carta.
La directora ejecutiva de la JSF sostuvo en la carta que la certificación de la Ley 90 es contraria a la sección 204 de la ley Promesa, por lo que la JSF “ordena al Gobernador que aclare si el impacto total de la Ley 90 fue considerado y, de no ser así, proporcionar una certificación con una estimación formal completa a más tardar el 27 de octubre de 2020. Tal estimación formal debe considerar la fuente y el tamaño de una reserva financiera necesaria para contabilizar la Ley 90 sin ser inconsistente con el Plan Fiscal”.
Finalmente Jaresko advirtió que si la gobernadora Vázquez no cumple con las directivas contenidas en la carta, “la JSF se reserva el derecho de tomar las acciones que considere necesarias, de acuerdo con las secciones 204 y 108 de PROMESA, incluida la prevención de la aplicación de la Ley 90. Esperamos que sea innecesario”.