Por Miguel Díaz Román
Especial para EyBoricua.com
A tres semanas de las elecciones generales la administración de Wanda Vázquez Garced a difundido en las agencias una carta circular que pone en vigor una ventana de retiro para los empleados públicos autorizada por la Ley 80 del 2020, cuya implementación había objetado la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) debido a que el gobierno carece de la capacidad económica para satisfacer las pensiones vitalicias que promete la medida.
La Ley 80 es parte de otras dos leyes de retiro, la Ley 81 y la Ley 82, que la gobernadora firmó el pasado mes de agosto y que la JSF objetó por razones económicas.
Edward Zayas, portavoz de la JSF, sostuvo que el organismo federal “se encuentra evaluando la Ley 80 y las acciones relacionadas con la misma”.
No obstante, fuentes vinculadas a la JSF le indicaron a EyBoricua.com que el organismo federal no ha variado su posición en relación a las leyes debido a la precaria situación fiscal del gobierno. Según la fuente, los técnicos de la JSF aún evalúan la información provista por el gobierno sobre el efecto fiscal de las ventas de retiro y la semana próxima estarían emitiendo unas declaraciones oficiales sobre el tema.
La directora ejecutiva de la JSF, Natalie Jaresko, ha amenazado con acudir al Tribunal Federal para solicitar la anulación de las tres leyes si el gobierno insiste en ponerla en vigor, antes de que el organismo federal evalúe su impacto fiscal. La advertencia de solicitar la anulación de las leyes está en varias comunicaciones escritas dirigidas a la gobernadora por Jaresko.
La funcionaria federal ha sostenido que las leyes fueron aprobadas en la Legislatura y convertidas en ley por la gobernadora, sin analizar su impacto fiscal y sin establecer una fuente de ingresos recurrentes que permita pagar las pensiones de los empleados públicos que se acojan al retiro.
La Ley 80 y la ley 81, que abre una ventana de retiro para los policías y otros empleados de las agencias de seguridad del gobierno, garantizan una pensión que oscila entre el 50 % y el 55 % del salario que reciben actualmente los empleados públicos. Además, la mayoría de ellos también recibirían una aportación de $100 para plan médico.
El tercer estatuto, la Ley 82, autoriza que el Sistema de Retiro de Maestros acredite como tiempo trabajado el balance acumulado de licencias por enfermedad de los maestros.
La carta circular de la Ley 80 tiene fecha del pasado miércoles 14 de octubre y está firmada por el administrador de los Sistemas de Retiro, Luis Collazo Rodríguez, y por la directora de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, Iris Santos Díaz.
La carta de 15 páginas establece que las agencias, los municipios o dependencias de la rama ejecutiva deberán identificar a los empleados que cumplan con los requisitos para el retiro, pero tendrán discreción para determinar quiénes se podrán retirar y quienes deberán permanecer en sus trabajos, según la necesidad de cada agencia y la experiencia y conocimiento de los empleados.
Además, la agencias tienen la responsabilidad de crear un plan escalonado de retiro para los empleados elegibles que no afecte los servicios de las agencias. Según el documento, el 31 de diciembre del 2022 será la fecha límite para el retiro de los empleados incluidos en el plan de retiro escalonado
También dispone que las agencias deberán eliminar los puestos que queden vacantes con el retiro de los empleados, con excepción de aquellos puestos identificados como esenciales. Estos puestos estarán disponibles para los empleados de la misma agencia, pero si el reclutamiento no es posible en la agencia, la vacante la podrán ocupar empleados de otras agencias. Si la vacante no se logra llenar con empleados de otras agencias, se deberá hacer una convocatoria pública para llenar la vacante.
La carta también dispone que la agencias que se nutran total o parcialmente del fondo general deberán ajustar su presupuesto y separar los fondos para cumplir con las obligaciones con los participantes del plan de retiro. Los empleados elegibles son aquellos reclutados al amparo de la Ley 447 de 1951 y la Ley 1 de 1990, según una serie de requisitos que describe la carta circular.
En la página de Facebook “Empleados Públicos Ley 447 queremos nuestro retiro”, que es visitada por miles de empleados públicos que desean retirarse, la carta circular ha generado un gran revuelo y más incertidumbre, debido a que el documento no indica que el plan de retiro propuesto por la ley 80 recibió el aval de la JSF.
Reacciones de descontento también produjo una disposición de la carta circular que indica que los empleados que se acojan al retiro no recibirán la liquidación de las licencias acumuladas por enfermedad, según lo dispone la Ley 26 del 2017, o ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal.
Por su parte, el presidente de la Corporación Organizada de Policías y Seguridad (COPS), Jaime Morales Rodríguez, dijo que en el Negociado de la Policía no ha circulado un documento para poner en vigor la ventana de retiro que propone la Ley 81.
“Hasta ahora no lo han hecho, pero si lo hacen sin la certificación de la JSF dudo que tenga mucho respaldo, la gente no es boba”, dijo Morales Rodríguez.