Por Marcos Pérez Ramírez
Especial para EyBoricua
(San Juan, 6 de junio)- El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) revocó la concesión de uso de zona marítimo terrestre que le había otorgado a Moisés Sánchez Loperena, expresidente de la Junta de Subastas de la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT), con la que el funcionario se había agenciado más de 30 pies de playa bienes de dominio público al costado de la carretera PR- 102 y en los que construyó, en violación a la propia concesión, un deck de madera que llegaba al mar y una verja de ciclone fence que ponía en peligro la vida de especies marinas, algunas en peligro de extinción.
Una hora antes que EyBoricua publicara la determinación final del DRNA, reportamos cómo un grupo de manifestantes removieron la verja de ciclone fence y se recuperó el acceso a esta playa de Joyuda, ubicada en el KM 13.7 de la carretera PR-102.
Asimismo, durante horas de la madrugada de hoy la casa rodante fue sacada del lugar, presuntamente por sus dueños.
El DRNA dice en su determinación de manera muy clara que «las playas no serán de uso privado, sin prejuicio de lo establecido en el presente Reglamento». Asimismo, estipula que «propuestas que interfieran o restrinjan el libre acceso a las playas serán, por lo general, denegados».
El escrito le exige al proponente de la concesión señor Willidy Vega, a Moisés Sánchez Loperena y su empresa Blue Bay Village LLC que en «10 días calendario» remuevan la casa rodante, y comiencen a demoler la plataforma de madera construida, así como la verja de ciclone fence y las zapatas en concreto de ambas construcciones.
La determinación también exige a Moisés Sánchez Loperena, Willidy Vega Acevedo y a su empresa Blue Bay Village LLC que le presenten un plan de restauración del predio «que será aprobado y evaluado por el DRNA».
La demolición de las estructuras de cemento deberán contar ahora con un permiso de la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) y el Departamento pide que se completen en 45 días calendario a partir de la fecha de recibo de la determinación de parte de los proponentes revocados.
El escrito le da a los proponentes revocados el derecho a impugnar la determinación en un término de 20 días mediante un proceso de vista adjudicativa.
“Continuamos saneando nuestras playas de aquellas situaciones que no se apegan a las leyes y reglamentos. Este caso es un buen ejemplo de lo que podemos lograr cuando las denuncias se tramitan mediante los canales institucionales adecuados. Forma parte de la política pública de esta Administración escuchar los reclamos y denuncias de nuestro pueblo y seguiremos luchando para conservar y preservar nuestros recursos naturales. Sin embargo, debo insistir en que el deber ministerial que nos asigna la Ley 23 de 1972, que funda el DRNA, no es impedir el desarrollo económico, sino velar para que el mismo no impacte negativamente esos recursos. Creemos que ambos pueden coexistir pues nuestras leyes fijan un balance adecuado para ello”, sentenció la titular interina de las agencias ambientales en declaraciones escritas enviadas en primicia a EyBoricua.
Según la investigación y revisión del expediente realizado por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), se otorgó la concesión a Blue Bay Village LLC/Willidy Vega Acevedo, Moisés A. Sánchez Loperena, el 8 de febrero de 2021.
Sin embargo, del expediente no surgen documentos necesarios, como un documento ambiental ni el de cumplimiento con un artículo de la Ley sobre Política Pública Ambiental (Ley 416-2006, artículo 4(B)(3). Tampoco el concesionario presentó evidencia de haberse acogido a una Exclusión Categórica. No obstante, la Resolución R-11-17 de Exclusiones Categóricas, aplicables al momento de solicitar la concesión, establece que la acción propuesta no podrá estar ubicada en áreas con riesgos de inundación, derrumbes o marejadas. Esa área costanera de Joyuda es de alto peligro de inundación por marejadas, explicó la agencia en su comunicación oficial.
De la investigación realizada surge, además, que “el concesionario realizó construcciones no autorizadas, como la construcción de una verja en tubo galvanizado y tela eslabonada (”cyclone fence”), piso en concreto y tablado en madera, el cual no estaba autorizado por la concesión”.
El DRNA determinó que “la concesión se otorgó sin considerar todos los criterios necesarios o información que no corresponde a la realidad”.
Por su parte, el director ejecutivo de la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT), Edwin González Montalvo informó que, «contrario a lo reportado en algunos medios digitales, Moisés Sánchez Loperena no es presidente de la Junta de Subastas de la Autoridad de Carreteras desde el 2021. En estos momentos nos mantenemos alertas ante la situación que lo vincula a una investigación del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA). A su vez, la situación ha sido inmediatamente referida a la oficina de Recursos Humanos de la ACT, para la evaluación correspondiente. González Montalvo indicó, desde el 16 de septiembre de 2021, la Junta de Subastas de la Autoridad de Carreteras está presidida por Marco García Gallina, ayudante especial del director ejecutivo».
EyBoricua obtuvo la declaración de ACT mediante otros colegas de los medios de comunicación, pues la agencia sigue tomando la determinación de no hablar con este medio digital o darnos una declaración directa o contestar nuestras preguntas.
Le preguntamos a la señora Cora, oficial de comunicaciones de ACT, si el referido del señor Sánchez Loperena a la oficina de Recursos Humanos confirma que él aún trabaja para la agencia, pero no obtuvimos respuesta al momento de publicar esta noticia.
Lo que sí queda claro ahora es que el señor Sánchez Loperena era presidente de la Junta de Subastas de la ACT cuando se agenció el permiso de concesión ilegal que le otorgó el exsecretario del DRNA Rafael Machargo el 8 de febrero de 2021.
Sigue pendiente a EyBoricua para la actualización de esta noticia.
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