SAN JUAN, Puerto Rico – Ante la negativa de la Compañía de Turismo de proporcionar una lista de negocios de alquiler a corto plazo en Puerto Rico, el Centro de Periodismo Investigativo (CPI) presentó este martes una solicitud especial de acceso a la información pública ante el Tribunal de Primera Instancia en San Juan.
La Compañía de Turismo no ha entregado la lista solicitada argumentando que contiene información tributaria confidencial de los proveedores de alojamiento que pagan impuestos por ocupación. Sin embargo, el CPI sostiene que la agencia «ha invocado erróneamente una reclamación de confidencialidad basada en varios fundamentos legales que no son aplicables a la información pública solicitada».
«El CPI está solicitando una serie de datos sobre propiedades inmobiliarias utilizadas exclusivamente con fines comerciales, como alquileres a corto plazo, información que no tiene naturaleza tributaria y que debería estar disponible para analizar de manera independiente el perfil de esta industria en la isla», declaró Carla Minet, Directora Ejecutiva del Centro.
El periodista del CPI, Luis Joel Méndez González, inició el proceso para obtener una lista de todas las propiedades registradas para operar como alquileres a corto plazo en Puerto Rico desde el 15 de mayo de 2023. El 12 de junio, recibió la primera respuesta de la agencia con una negativa a divulgar información individualizada, citando la protección de los registros tributarios de los alojamientos.
El CPI reiteró que el periodista Méndez González no está solicitando la «declaración» de los proveedores de alojamiento con fines tributarios, sino el listado de propiedades registradas ante la Oficina de Turismo para operar como alquileres a corto plazo, incluyendo su ubicación y el nombre de la persona que las registra o su nombre comercial. A pesar de que la Compañía de Turismo reconoció que mantiene un registro de proveedores de alquileres a corto plazo, se niega a divulgar la lista solicitada argumentando la confidencialidad de la información, que insistió en caracterizar como tributaria, citando un reglamento de la propia agencia. Sin embargo, el recurso legal del CPI establece que un reglamento no puede estar por encima del derecho constitucional de acceso a la información.
«Esta información es de carácter público y no tributaria ni confidencial. Por lo tanto, no existe impedimento legal para la divulgación de la lista y otros datos individualizados y desagregados solicitados por el CPI», argumenta el recurso legal presentado en la sala de San Juan.
Los abogados del CPI también señalan que, «incluso en casos en los que se alegue la confidencialidad por parte del Estado, debe hacerse un esfuerzo por proporcionar toda la información pública que no esté comprendida dentro de dicho reclamo, incluyendo la posibilidad de eliminar o proteger partes confidenciales de documentos o expedientes públicos».
El CPI sostiene que al negarse a proporcionar la información pública solicitada, la Compañía de Turismo vulnera el derecho constitucional de acceso a la información. El CPI está representado por su abogado Carlos F. Ramos Hernández, y los abogados de la Clínica de Acceso a la Información de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana, Luis José Torres Asencio y Steven Lausell Recurt.