Por Miguel Díaz Román
Especial para EyBoricua.com
San Juan (13 de abril de 2021) – Tras la determinación del Tribunal de Apelaciones que declaró nulas las nuevas tarifas que el Negociado de Transporte y otros Servicios Públicos (NTSP) puso en vigor al pasado año por medio de una carta circular, que imponen un alza de más de 30% en el importe por transportación terrestre, el nuevo presidente del organismo, Jaime de la Fuente González, anunció que durante el día de hoy sostendrá una reunión con sus abogados para establecer la estrategia legal con el objetivo de lograr la reinstalación de las tarifas.
En una entrevista en una estación de radio en la mañana de hoy, Fuente González reconoció que no esperaba que el fallo del Apelativo fuera adverso al NTSP y declaró que la decisión del Tribunal obedece a un incumplimiento procesal y no a las nuevas tarifas.
“Es algo procesal, probablemente fallamos en algo o algo se nos quedó. Hay que ver qué fue lo que pasó
para no cometer el mismo error”, dijo Fuente González.
La decisión del Apelativo fue el resultado de una impugnación presentada por la Cámara de Comercio, entidad que señaló errores en el trámite utilizado por el NTSP para adoptar el nuevo reglamento de tarifas y porque el proceso incumplió con la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU). El fallo del Apelativo también descartó una petición de desestimación radicada por el NTSP.
El presidente de la Cámara de Comercio, Juan Carlos Agosto, reclamó como “un triunfo para el país” el fallo del Apelativo.
Fuentes González reveló que las distintas entidades que agrupan a los camioneros también se preparan para solicitar una inminente solicitud de revisión en el Apelativo. Fuente González defendió las nuevas tarifas porque pretenden atender los reclamos de revisión de tarifas de los transportistas, “un sector que fue afectado por 15 ños”, dijo Fuente González, en alusión a que las tarifas no habían sido revisadas desde el 2006.
Por su parte, el Frente Amplio de Camioneros (FAC), el sindicato de mayor tamaño en el sector de los transportistas y camioneros, se apresta a intervenir en el proceso judicial ante el Apelativo, según anunció su presidente, Víctor Rodríguez. Además, el FAC se propone intervenir en la impugnación y solicitud de interdicto permanente contra las
nuevas tarifas, que presentó en el tribunal federal de San Juan la Cámara de Industria Mercadeo y Distribución de Alimentos (MIDA).
El Apelativo concluyó el NTSP no cumplió “con los requisitos procesales establecidos en la LPAU para la
adopción, enmienda, suspensión o derogación de reglamentos”. Según el fallo, el NTSP adoptó el reglamento de nuevas tarifas 6678, el cual fue catalogado como un “reglamento legislativo” porque impone nuevos derechos y obligaciones a los regulados, lo que implica que debió cumplir con una serie de obligaciones.
La determinación sostiene que aun que el NTSP cumplió con los requisitos de aviso público y la celebración de vistas públicas para brindar a las partes la oportunidad de ser oídas, la carta circular “no contiene determinaciones de hechos basadas en el expediente administrativo que fundamenten la adjudicación”. La carta circular carece, además, de “un estudio o análisis regulatorio, como tampoco razones o fundamentos suficientes para determinar que las tarifas aprobadas son justas y razonables”.
Según el Apelativo, la carta circular no contiene una advertencia sobre el derecho a solicitar reconsideración conforme a las disposiciones de la LPAU y tampoco cumple con el requisito de notificación establecido en esta ley para las resoluciones u ordenes finales de una agencia.
Otro señalamiento es que la carta circular no especifica los nombres y direcciones de las compañías de servicio público a quienes les fue notificado el dictamen y no surge evidencia de que se haya notificado por correo ordinario o electrónico. También señala que el NTSP enfrentó diferencias con la Junta de Supervisión Fiscal, que alegó que el
reglamento no cumplió con las normas de la Junta para la revisión de reglamentos, tras lo cual, la agencia desistió en continuar con el proceso de aprobación del reglamento, según los dispone la LPAU, y decidió establecer unas tarifas temporáneas que fueron incorporadas en la carta circular, hasta que pudiera culminar el procedimiento de reglamentación establecido en la LPAU.
Según el Apelativo, este procedimiento fue ilegal porque tampoco cumplió con el proceso para la adopción de tarifas temporáneas como dispone la ley orgánica del NTSP.
“La acción de la parte recurrida tuvo el efecto práctico de adoptar un reglamento de aplicación general con vigencia inmediata, al que denominó carta circular, enmendando las tarifas vigentes en el Reglamento 6678, supra, sin cumplir con los requisitos de la LPAU”, sostiene el fallo judicial.
Rodríguez indicó que las tarifas temporáneas fueron adoptadas para dar la oportunidad a que los diversos sectores que utilizan la transportación terrestre presentaran sus objeciones, tras lo cual se convertirían en permanentes.
“Se cumplió con el requisito de vistas públicas, se informó al país utilizando las nuevas tecnologías y los periódicos. Nosotros vamos a intervenir en estos casos y no vamos a escatimar gastos porque tenemos la razón. Estuvimos 15 años sin revisión de tarifas mientras los empresarios se llenaban los bolsillos y a los camioneros y transportistas no se le pagaba el precio justo por su trabajo”, dijo Rodríguez.
El líder sindical se negó a revelar el nombre de los abogados que defenderán la causa del FAC “para evitar que la prensa comience a llamarlos y no dejan que los abogados hagan su trabajo”.