San Juan (EFE) – El Departamento de Hacienda anunció que desde este miércoles y por los siguientes 45 días, se suspenderá el cobro del arbitrio en la introducción y/o fabricación de la gasolina y del diesel para importadores y fabricantes de ambos productos.
El secretario de Hacienda, Francisco Parés, explicó en un comunicado de prensa que la determinación se da por lo establecido en la Resolución Conjunta del Senado 18-2022, que ordena a la agencia a suspender el cobro de hasta 25 millones de dólares del arbitrio a la gasolina y al diesel durante 45 días.
Ante ello, Hacienda emitió la Carta Circular de Rentas Internas 22-11, que establece el mecanismo para asegurar una distribución equitativa de ese tope de exención entre los importadores y/o fabricantes, además de la transferencia de la misma, hasta llegar al consumidor, agregó Parés.
«Cabe señalar que una vez aplicada la exención, ésta debe ser transferida a través de las distintas etapas de la cadena de distribución, hasta llegar al consumidor», sostuvo.
Para ello, Parés explicó, que si el importador introduce gasolina sujeta a la exención durante el periodo de 45 días, pero distribuye la misma posterior al periodo, ese importador no puede cobrar el arbitrio en la distribución de la gasolina, si la misma estuvo sujeta a la exención en la introducción.
Igualmente, la suspensión temporera del arbitrio debe reflejarse en las estaciones de gasolina y de diesel, y personal del Departamento de Asuntos del Consumidor estará atento a que el mismo se honre.
Parés agregó que la Carta Circular también establece el procedimiento para solicitar el reintegro de los arbitrios pagados durante el periodo de exención o sobre el inventario existente y disponible al momento de la vigencia y el procedimiento de levante a través de la plataforma SURI.
El titular de Hacienda dijo además que la suspensión temporal del arbitrio también aplicará a los artículos exentos que tengan los importadores en existencia y disponibles hasta este miércoles.
Para la distribución equitativa resultado de la suspensión del arbitrio, el Hacienda notificará por escrito a cada importador/fabricante, la cuantía de exención máxima que podrá reclamar.
La misma se determinará según las introducciones y/o unidades manufacturadas tributables promedio, realizadas durante el año 2021, según conste en los récords del Hacienda.
«Si la cuantía de exención máxima asignada a un importador/ fabricante, se cumple antes de que transcurra el término de 45 días, dicho periodo queda finalizado», añadió Parés.