San Juan, 10 de enero de 2022 (EFE) – El Departamento del Tesoro de EE.UU. aprobó el Plan de Puerto Rico para los Fondos de Asistencia al Propietario, el cual autoriza el uso de $75.6 millones para poner en marcha dicho proyecto en la isla.
Este proyecto, que localmente se conocerá como el Programa de Asistencia para Dueños de Hogar, ayudará a asistir a unos 5,000 dueños de hogares que tuvieron pérdidas materiales y enfrentan dificultades financieras a causa de la pandemia, explicó el gobernador Pedro Pierluisi en un comunicado de prensa.
La asistencia monetaria proviene de la Ley del Plan de Rescate Americano de 2021, indicó el gobernador.
«Este programa está dirigido a evitar morosidad hipotecaria, ejecuciones de hogares y la pérdida de servicios esenciales en el hogar de dueños afectados por la pandemia del COVID-19», sostuvo Pierluisi.
«Queremos que nuestra gente pueda permanecer en sus hogares, a la vez que proveen estabilidad a sus familias y así lograr comunidades más fuertes y resilientes», añadió.
El Programa asistirá con el restablecimiento de la primera y segunda hipoteca, así como con los costos de vivienda de los propietarios, incluyendo impuestos, seguros, otras tarifas y utilidades, detalló el gobernador.
El Programa, a su vez, contará una serie de topes máximos de asistencia financiera, según las opciones para las que el propietario es elegible.
Si se obtiene más de un tipo de asistencia, toda la asistencia combinada no excedería los $21,000.
Algunos de los requisitos de elegibilidad serán que el propietario tiene que estar atrasado en, al menos, un pago relacionado con las obligaciones de propiedad de vivienda (pago de hipoteca/préstamo de vivienda, impuestos a la propiedad, seguro relacionado con la vivienda, utilidades, cuotas de asociación de propietarios/condominios, etcétera).
El propietario, además, tendrá que haber experimentado una dificultad financiera luego del 21 de enero de 2020 asociada con la pandemia, y como requisito, tiene que poseer y ocupar su propiedad como su residencia principal en Puerto Rico.
Además, los ingresos del hogar no deben exceder el 150 % del ingreso medio del área.
El Departamento del Tesoro federal, por su parte, requiere que, al menos, el 60 % de los fondos estén disponibles para los hogares con un ingreso menor o igual a $79,000 o al 100 % de los Estados Unidos, lo que sea mayor.
Los propietarios que no cumplan con este requisito, pero sean socialmente desventajados, podrán ser elegibles para recibir asistencia.
El requisito de residir en un tipo de propiedad elegible tendrá que ser una vivienda unifamiliar, condominio o casa móvil.