Por Miguel Díaz Román
Especial para EyBoricua.com
San Juan (25 de enero de 2021) – Un grupo de agentes de seguros y una ciudadana radicaron en el Tribunal Supremo de Puerto Rico un recurso de revisión contra una determinación del Tribunal Apelativo de San Juan que avaló una carta normativa emitida por la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) que impuso a los dueños de apartamentos en condominios la obligación de pagar por dos seguros, cuando antes solo debían pagar por uno, las pólizas “Full Value”, que fueron prohibidas por la agencia reguladora.
Como resultado de la carta normativa los titulares de apartamentos deberán pagar la póliza “Bare Walls”, que protege los elementos comunes del condominio, y una póliza adicional conocida como “Homeowners” o HO6, para los elementos privativos que son aquellos existentes en la propiedad al momento de su adquisición como gabinetes de cocina, losetas y puertas.
El pasado 14 de diciembre el Tribunal Apelativo de San Juan emitió un “no ha lugar” a una petición de reconsideración de los demandantes, luego de que el pasado 23 de octubre el Tribunal confirmó la validez y vigencia de la carta normativa de la OCS.
““Muy respetuosamente entendemos que corresponde a esta Honorable Curia rectificar el desafortunado error cometido y revocar la Sentencia emitida”, sostiene la petición de revisión al Tribunal Supremo que específicamente solicita revocar la sentencia del 23 de octubre y dejar sin efecto la Carta Normativa CN2020-285-D de la OCS.
La petición de revisión o “certiorari” contiene 23 páginas y fue sometida por el licenciado Juan Adolfo Morales, quien comparece como abogado en el caso y también es uno de los peticionarios. El abogado había solicitado al Apelativo que le permitiera integrar la representación legal junto al licenciado Pedro Ortiz Álvarez, lo que fue aceptado.
En la decisión del 23 de octubre el Apelativo concluyó que la carta normativa es “un documento guía” y no impone nuevas obligaciones a los titulares de condominios, y por lo tanto no debe cumplir con las disposiciones de la LPAU.
Según la OCS, la carta normativa tenía el fin de atemperar sus disposiciones a la nueva Ley de Condominios, o Ley 129 de 2020, puesta en vigor en agosto por la ex gobernadora Wanda Vázquez Garced. Desde la perspectiva de la OCS, la carta normativa es una regla interpretativa porque desglosa de manera más detallada algunos aspectos de la Ley 129.
En la petición al Supremo, Morales básicamente alega que la carta normativa de la OCS “impone serias consecuencias a su incumplimiento y altera relaciones jurídicas previas”, por lo que debe cumplir con la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU).
El escrito sostiene que la carta normativa es una regla legislativa porque altera o impone nuevas obligaciones, y debe someterse a las disposiciones de la LPAU, que exige, para este tipo de regla, obtener el sentir de la comunidad por medio de escritos o vistas públicas, y si las objeciones son constatables, la agencia estaría obligada a modificar la carta normativa.
“El Honorable Tribunal Supremo ha advertido sobre la pretensión de muchas agencias de adoptar reglas legislativas bajo el manto de que son reglas interpretativas, para soslayar los requisitos de reglamentación formal de la LPAU”, advierte la petición.
Tras eliminar las pólizas Full Value, la carta normativa estableció que para las áreas comunes las Juntas de Directores de los condominios deberán adquirir la póliza “Bare Walls” y para los elementos privativos, los titulares deberán adquirir la póliza “Homeowners” o HO6.
Además, la carta normativa estableció que para determinar el límite adecuado de la póliza HO6, será necesario un informe de valoración sobre los elementos privativos de la propiedad. Pero la carta normativa aclara que los titulares no estarán obligados a presentar el citado informe.
La petición de revisión indica que la decisión del Apelativo “soslayar” los efectos adversos de la carta normativa, pues condiciona la estimación de los límites de la póliza HO6 y la asesoría del productor de seguros, a la existencia del informe de valoración, un requisito que no figura en la Ley de Condominios del 2020. Además, la carta normativa advierte que el incumplimiento con tales normas podría conllevar severas sanciones.
“La nueva carta normativa claramente impone derechos y obligaciones sobre los titulares de los aproximadamente tres mil (3,000) condominios en Puerto Rico y establece la prohibición absoluta a la contratación de la tradicional e histórica póliza del tipo Full Value en dichos regímenes de propiedad horizontal, advirtiendo categórica y explícitamente la imposición de serias multas y sanciones a quienes desobedezcan las directrices contenidas en la Carta Normativa CN-2020-285-D”, indica Morales en la petición de revisión.
“Es un hecho inexpugnable que la carta normativa hace una admonición sobre la consecuencia de cualquier violación a su contenido. La pregunta obligada es si una regla interpretativa no establece un patrón de conducta o un deber jurídico, ¿cómo su incumplimiento puede conllevar la imposición de sanciones económicas (multas)? “, argumenta el escrito presentado por el licenciado Morales.
La solicitud de revisión también plantea que el Apelativo partió de la premisa que la carta normativa realiza una interpretación del artículo 62 de la Ley 129, pero ignoró que la directriz de la OCS establece un lenguaje más específico que el contemplado en la ley y además impone obligaciones cuyo incumplimiento conlleva sanciones.
Otro aspecto de la alegada interpretación errada es que, según el Apelativo, la ley 129 prohíbe a las Juntas de Condominios contratar seguros que incluyan los elementos privativos de los apartamentos. “Sin embargo, lo que se prohíbe expresamente es que por un voto de la mayoría de los titulares se incluya, en el seguro del condominio, los elementos privativos originales con efecto vinculante al resto de los titulares”, sostuvo la solicitud de revisión, lo que implica que con el voto unánime de los titulares sí se podrían incluir los elementos privativos en el seguro del condominio.
La carta normativa CN-2020-285-D fue emitida el 21 de agosto del 2020 por el ex Comisionado de Seguros, Rafael Cestero, y sus efectos ya se han sentido entre los titulares de apartamentos, quienes han enfrentado hasta un alza de hasta de 20 % en su presupuestos para pagar el seguro comunal y el seguro para las áreas privativas de sus apartamentos, según denunció el licenciado Morales y la representante autorizada de aseguradoras Doris Cordero a EyBoricua.com.