La jueza María Antongiorgi emitió una orden de restricción temporera y ordenó celebrar una vista de fianza antes del 25 de febrero, tras recurso de Habeas Corpus presentado por la ACLU
SAN JUAN (EFE) – El Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico emitió este martes una orden de restricción temporera (TRO, en inglés) y prohibió a las agencias federales trasladar a Perfecto Paula, inmigrante dominicano, fuera de Puerto Rico, tras presentación de petición urgente de Habeas Corpus de la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, en inglés) de Puerto Rico.
«Como este distrito ha sostenido repetidamente en casos recientes, las personas no ciudadanas que están detenidas bajo la Sección 1226(a) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad tienen derecho a una vista de fianza ante un ente decisional neutral», subrayó en un comunicado en su orden la jueza federal María Antongiorgi, en referencia a personas inmigrantes detenidas en Puerto Rico cuyos casos no son de detención obligatoria.
La orden dispone que el Gobierno debe celebrar una vista de fianza ante un juez de inmigración en o antes del 25 de febrero de 2026 y si no se realiza la vista para esa fecha, el Tribunal ordenó la liberación inmediata de Paula.
El hombre fue detenido por agentes federales el 14 de febrero de 2026 en Puerto Nuevo en San Juan, pese a contar con un proceso migratorio avanzado y aprobado.
La petición sostiene que la detención de Paula carece de una base legal válida, viola garantías constitucionales de debido proceso y ocurre en un contexto en el que existe una amenaza inminente de traslado al territorio continental de Estados Unidos, lo que limitaría su acceso efectivo a representación legal y a su familia.
En relación con los traslados de personas inmigrantes detenidos en Puerto Rico, la jueza federal otorgó a las agencias federales de inmigración hasta el 27 de febrero de 2026 para explicar por qué no se les debe sancionar.
La organización explicó que Paula está casado con una ciudadana estadounidense y es padre de una menor ciudadana estadounidense.
El recurso indica, además, que ha vivido de forma continua en Estados Unidos desde el año 2000 y que su caso migratorio incluye una Petición de Familiar Extranjero (I-130) aprobada y una dispensa provisional por presencia ilegal (I-601A) aprobada, pasos que reflejan cumplimiento con los mecanismos establecidos por ley y que requieren el pago de aranceles al propio Gobierno federal.
De igual modo, advirtió que el traslado de personas detenidas desde Puerto Rico hacia centros en Estados Unidos donde se han documentado condiciones infrahumanas de confinamiento puede traducirse en daños irreparables.
La petición presentada ante el tribunal también describe preocupaciones sobre barreras de acceso a representación legal y la falta de garantías procesales suficientes para impugnar la privación de libertad.




