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Supremo aprueba nuevas reglas para cobertura electrónica de procesos judiciales

Ey Boricua Por Ey Boricua
19 de mayo de 2026
En POLICÍA Y TRIBUNALES
Tiempo de leer:4 mins de lectura
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El reglamento PROCEDI entrará en vigor el 1 de octubre de 2026 y sustituirá el programa experimental de cámaras en los tribunales

SAN JUAN (EFE)

El Tribunal Supremo de Puerto Rico aprobó este lunes el Reglamento del Programa de Cobertura Electrónica y Difusión de Procesos Judiciales (PROCEDI), un cuerpo normativo nuevo que sustituirá al Reglamento del Programa Experimental para el Uso de Cámaras Fotográficas y de Equipo Audiovisual de Difusión por los Medios de Comunicación en los Procesos Judiciales (PECAM). 

PROCEDI, que entrará en vigor el 1 de octubre de 2026, establece un marco uniforme para regular la cobertura electrónica de los procesos judiciales mediante la toma de fotografías, audio y vídeo, así como su reproducción y difusión por los medios de comunicación. 

Con su aprobación, el Tribunal Supremo reconoce la evolución de un programa experimental a una normativa permanente, nutrida de las experiencias adquiridas y dirigida a fortalecer el acceso público a los procesos judiciales y promover la transparencia institucional. 

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Así como salvaguardar la integridad de los procedimientos, los derechos de las partes y la dignidad de las personas participantes.

El reglamento nuevo extiende formalmente la cobertura electrónica a las 13 regiones judiciales, en procesos civiles y criminales autorizados, así como a vistas celebradas ante el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo. 

También reconoce el dinamismo y diversidad de la comunicación pública al incorporar una definición amplia de medios de comunicación, que incluye medios tradicionales, plataformas digitales y otros canales alternativos cuya función sea obtener noticias con el propósito de informar al público.

Una vez entre en vigor, las solicitudes de cobertura electrónica de procesos ante el Tribunal de Primera Instancia se presentarán en la secretaría del centro judicial donde se celebre la vista y serán evaluadas por el juez de la región judicial correspondiente, conforme a los criterios y procedimientos establecidos en el Reglamento. 

En el caso del Tribunal de Apelaciones, las solicitudes se presentarán en su secretaría y serán atendidas por el juez de ese foro. 

Las solicitudes relacionadas con vistas ante el Tribunal Supremo se presentarán en su secretaría o mediante el mecanismo electrónico que posteriormente se designe.

El reglamento también establece mecanismos para atender objeciones, solicitudes de reconsideración y revisión de determinaciones relacionadas con la autorización o denegación de cobertura electrónica. 

De esta forma, PROCEDI procura asegurar un proceso ordenado, uniforme y revisable, sin que la presentación de estos recursos tenga el efecto de suspender o aplazar los procedimientos judiciales señalados.

Entre sus disposiciones, PROCEDI incorpora salvaguardas específicas para evitar la difusión de procedimientos confidenciales, proteger a víctimas, testigos, jurados y demás participantes del proceso, prohibir tomas cercanas al rostro o a la evidencia, regular el uso del material grabado y atender incumplimientos con las condiciones de la autorización concedida. 

Asimismo, regula la cobertura de vistas celebradas por videoconferencia, permite, bajo parámetros específicos, el uso de herramientas tecnológicas como tabletas y teléfonos para la recopilación de imágenes, y exhorta el uso de subtítulos u otras herramientas de accesibilidad para ampliar el acceso de personas con dificultad auditiva.

Como parte del proceso de implementación, el Poder Judicial desarrollará materiales educativos, orientaciones y capacitaciones sobre el alcance, los requisitos y el procedimiento establecido en el Reglamento nuevo.

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Tags: cobertura electrónicaPoder JudicialPROCEDIprocesos judicialesPuerto Ricotransparencia judicialTribunal Supremo
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