El alcance anunciado para condiciones catastróficas difiere del texto originalmente radicado y requiere verificación documental
EL CAPITOLIO, Puerto Rico
El Senado informó este jueves que aprobó una versión del Proyecto de la Cámara 1194 que obligaría a procesar como cuidado urgente las solicitudes relacionadas con el diagnóstico, tratamiento o manejo de condiciones catastróficas o que pongan en riesgo la vida.
Según el comunicado legislativo, los aseguradores, las organizaciones de seguros de salud y sus terceros administradores tendrían que notificar una determinación en un máximo de 24 horas. Cuando la decisión sea adversa, deberán explicar el razonamiento científico o clínico utilizado y respetar el criterio médico en los casos cubiertos por la medida.
El plazo anunciado pretende reducir demoras en decisiones que pueden incidir directamente en el acceso a tratamientos para pacientes con diagnósticos graves. La regulación de las aseguradoras y el cumplimiento de sus obligaciones con los pacientes ha sido objeto de intervenciones previas de las autoridades de Salud y de la Oficina del Comisionado de Seguros.
Diferencia pendiente de aclaración
El registro oficial de radicación remitido al Senado en mayo describía el Proyecto de la Cámara 1194 como una enmienda al Código de Seguros para establecer un término no mayor de 60 días en reclamaciones por condiciones catastróficas bajo pólizas distintas a las de servicios de salud.
Ese alcance es distinto al resumen de 24 horas divulgado este jueves por la oficina de prensa del Senado. El segundo orden de los asuntos del 17 de septiembre confirma que la medida estuvo incluida en el calendario de aprobación final, pero el texto aprobado o entirillado todavía debe cotejarse para determinar qué enmiendas recibió durante el trámite legislativo.
Hasta que esa versión oficial esté disponible, el alcance definitivo, las pólizas cubiertas y el efecto de la medida sobre los procedimientos vigentes deben considerarse pendientes de verificación. La legislación también requeriría la consideración de cualquier enmienda entre ambos cuerpos antes de ser enviada a La Fortaleza.




