Eduardo Meléndez Velázquez fue ingresado en Las Cucharas tras no prestar una fianza de $1.75 millones
PONCE, Puerto Rico – Agentes del Negociado de la Policía de Puerto Rico, adscritos a la División de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Criminales (CIC) del área de Ponce, radicaron este jueves cargos criminales por el asesinato de Roberto Antonio Viqueira Ríos, de 49 años, en hechos ocurridos la noche del martes, 15 de julio, en la urbanización Estancias de Yidomar, en Yauco.
La fiscalía presentó cargos por los artículos 93A (asesinato en primer grado), 93 (tentativa de asesinato) y 195 (escalamiento agravado) del Código Penal de Puerto Rico, así como dos cargos por el artículo 6.14 (disparar o apuntar un arma de fuego) de la Ley de Armas, contra Eduardo Meléndez Velázquez, de 45 años y residente del mismo sector.
De acuerdo con la investigación, una llamada al Sistema de Emergencias 9-1-1 alertó sobre detonaciones en la calle Star. Al llegar a la escena, los agentes encontraron el cuerpo sin vida de Viqueira Ríos con múltiples heridas de bala. Se desprende de la pesquisa que el imputado sostuvo una discusión con la víctima y luego le disparó, causándole la muerte en el acto.
La investigación fue realizada por la agente Ivelisse Maldonado Echevarría, de la División de Homicidios del CIC de Ponce, en colaboración con la fiscal Natalia Pizarro Pérez, quien instruyó radicar los cargos. La prueba fue presentada ante la jueza Adria Cruz Cruz, del Tribunal de Ponce, quien determinó causa para arresto en todos los cargos y fijó una fianza global de $1,750,000, la cual Meléndez Velázquez no prestó.
El acusado fue ingresado en el Complejo Correccional Las Cucharas, en Ponce. La vista preliminar fue señalada para el próximo 29 de julio de 2025.
Tanto Meléndez Velázquez como Viqueira Ríos eran vecinos directos en la misma urbanización. Según información recopilada, la relación entre ambos estaba marcada por disputas vecinales previas, aunque las causas específicas del altercado aún se investigan. No se han documentado vínculos personales ni profesionales entre ellos fuera de su convivencia residencial.





