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Vaello y el futuro de Puerto Rico

admin Por admin
1 de mayo de 2022
En OPINIÓN
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John E. Mudd

LAW OFFICES OF
JOHN E. MUDD

El 21 de abril de 2022, el Tribunal Supremo federal, en una escueta opinión de seis páginas, acabó con las esperanzas de miles de puertorriqueños de tener acceso a un poco más de dinero para aliviar su pobreza.

En el caso de USA v. Vaello, el SCOTUS (Supreme Court of the United States) nos dijo que el Congreso tiene la autoridad para decidir no proveer a los residentes de la isla con el Seguro Social Complementario (SSI) y que esto no viola la Cláusula Constitucional de Igual Protección de las leyes.

El caso se trata del Sr. Vaello, residente de Nueva York, quien recibe el Supplemental Security Income (SSI) en ese estado y decide mudarse a Puerto Rico, donde sigue recibiendo el beneficio. Sin embargo, unos años más tarde, la Administración del Seguro Social se da cuenta de que vive en la isla, se lo quita y lo demanda por $28,000.

Vaello, pobre y sin representación legal, está a punto de hacer un plan de pago, pero el Juez Gustavo Gelpí (quien hoy día está en el Primer Circuito) le nombra un defensor judicial, quien reclama que el Congreso violó la igual protección de las leyes al no proveer SSI a los residentes de Puerto Rico.

El Primer Circuito, en una excelente opinión del fenecido juez Juan B. Torruellas, concurre y hace un análisis de porqué el que en Puerto Rico no se pague impuestos sobre ingresos federales no es óbice para esa discriminación.

La administración del presidente Trump, como era de esperarse, solicitó certiorari al SCOTUS y este cuerpo dilató su decisión, probablemente dándole oportunidad a la administración Biden de retirar la solicitud. A pesar de que el Presidente Biden había dicho en campaña que debería dársele el SSI a los residentes de Puerto Rico, se negó a retirar la solicitud de certiorari.

El SCOTUS concedió el certiorari de esta manera: Whether Congress violated the equal-protection component of the Due Process Clause of the Fifth Amendment by establishing Supplemental Security Income—a program that provides benefits to needy aged, blind, and disabled individuals—in the 50 States and the District of Columbia, and in the Northern Mariana Islands pursuant to a negotiated covenant, but not extending it to Puerto Rico.

El SCOTUS, por voz del Juez Kavanaugh, reafirma los casos de Califano y Harris del 1978 y 1980 respectivamente, indicando que estaban bien decididos. Dijo además, que el Congreso podía racionalmente decidir que el que PR tuviera Gobierno propio y estaba exento del pago del income tax federal, eran razones suficientes para no extender el SSI. Esto no es más que una repetición de lo dicho en Califano y que fue extensamente expuesto como una falacia por el Primer Circuito pero el Tribunal ignore esto y no fue quien ni siquiera para explicarlo.

La votación fue 8-1, con la Juez Sotomayor escribiendo una disidente que apoya la decisión del Primer Circuito. Es de notar, que los liberales Breyer, supuestamente amigo de Puerto Rico y ex ayudante de Ted Kennedy y la juez Kagan, quien escribió la opinión en Sánchez Valle, votaron a favor de la exclusion de la isla del SSI. El Juez Thomas escribió una concurrente para decir que la Quinta Enmienda no tiene componente de igual protección de las leyes.

Hay muchos en Puerto Rico aferrándose a la opinión concurrente del juez Gorsuch, quien escribe diciendo que hay que revocar los casos insulares, algo que dijo durante la argumentación oral.

Aunque es cierto que Vaello no solicitó que se revocaran los casos insulares, por las razones que sean, el Tribunal, motu propio, si así lo entendía correcto, pudo haberlo hecho pero decidió no hacerlo.

¿Qué consecuencias tiene la decisión? Aparte de que le da carta blanca al Congreso para discriminar contra Puerto Rico en cualquier programa federal, la opinión reitera el lenguaje de Harris que Puerto Rico es un territorio no incorporado sujeto a la cláusula territorial y como dijo el primer caso insular, Downs v. Bidwell, el Congreso puede darle al territorio gobierno propio o quitárselo, como hemos visto con PROMESA. El ELA no es un pacto bilateral si no uno sujeto a los caprichos del
Congreso de turno.

¿Qué se puede hacer?

Muy poco.

El Gobierno podría radicar un pleito solicitando que se revoquen los casos insulares pero como eso solo lo puede hacer el SCOTUS, el Distrito y el Circuito tendrían que denegarlo y rezar que el SCOTUS conceda un certiorari.

También podríamos intentar argumentar que Puerto Rico es un territorio incorporado como determine el Juez Gelpí en el 2008 pero las posibilidades en el Circuito no son muchas, amén del certiorari al SCOTUS. Pero como siempre digo, la peor gestión es la que no se hace. Dudo, sin embargo, que el Gobierno de Puerto Rico se embarque en esa jornada quijotesca, aunque siempre podría haber algún valiente privado que lo quiera hacer.

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