La Ley 89-2025 reconoce el derecho exclusivo de padres y tutores a objetar contenidos sobre sexualidad y afectividad; sectores críticos advierten sobre censura y exclusión educativa
SAN JUAN, Puerto Rico — Con la firma de la gobernadora Jenniffer González Colón, entró en vigor la Ley 89-2025, una enmienda a la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico (Ley 85-2018) que otorga a los padres, madres, tutores y encargados el derecho exclusivo de decidir cómo y si sus hijos recibirán educación en temas de sexualidad y afectividad dentro del sistema de educación pública.
La medida —de la autoría del presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, y respaldada por senadores del PNP y del Proyecto Dignidad— permite a los padres objetar cualquier curso, materia o charla relacionada con estos temas, y obliga al Departamento de Educación a ofrecer evaluaciones alternativas si el contenido objetado es requisito para aprobar la clase.
“Este derecho incluye la posibilidad de notificar al Departamento de Educación cualquier objeción respecto al contenido […] y la oportunidad de poder tener evaluaciones alternativas en caso de que cierto material objetado sea requisito para aprobar algún curso o materia”, establece la nueva ley.
Además, el Departamento deberá notificar previamente todo evento educativo que aborde sexualidad o afectividad, lo que según sus proponentes busca garantizar transparencia y respeto a los valores familiares.
La legislación genera inquietud en sectores educativos, profesionales de la salud y organizaciones por los derechos humanos, que advierten que esta política podría limitar el acceso de los estudiantes a información científica, inclusiva y basada en derechos, especialmente en lo que respecta a salud sexual, relaciones afectivas, diversidad de género e identidad.
Críticos del proyecto argumentan que la ley:
- Abre la puerta a la censura curricular, al supeditar contenidos académicos a convicciones personales o religiosas.
- Podría profundizar la desigualdad de acceso a educación sexual, particularmente en comunidades con menos recursos o menor orientación.
- Desarticula esfuerzos de prevención de violencia de género, embarazos adolescentes y transmisión de infecciones de transmisión sexual.
- Debilita el rol pedagógico del sistema educativo al convertir las objeciones individuales en vetos prácticos sobre contenidos generales.
Además, educadores señalan que la obligación de crear alternativas educativas personalizadas y tramitar objeciones podría generar cargas administrativas innecesarias, desviando recursos que podrían destinarse a prioridades más urgentes.
Un giro conservador en la política educativa
La Ley 89-2025 se inscribe en una serie de iniciativas legislativas que reafirman el rol primario de la familia en la educación, especialmente en temas considerados sensibles. Para sus detractores, este tipo de políticas responde a agendas conservadoras que buscan replegar contenidos sobre diversidad, equidad y derechos sexuales en las escuelas públicas.
La medida ya está en vigor y obliga al Departamento de Educación a reglamentarla en un plazo de 90 días. Mientras tanto, el debate sobre el equilibrio entre participación familiar y formación integral continúa vigente en el país.





