San Juan, 29 de diciembre de 2021 (EFE) – El alcalde de San Juan, Miguel Romero, firmó una orden ejecutiva que obliga a todo funcionario municipal, contratistas o subcontratistas que trabajen presencial o visiten las oficinas del ayuntamiento estén vacunados y cuenten con la dosis de refuerzo contra el covid-19.
La Orden Ejecutiva Número MSJ-038, Serie 2021-2022, prohíbe, además, participación de menores de cinco años en eventos en instalaciones públicas y hace obligatoria la vacunación para asistentes a eventos públicos en San Juan, sostuvo Romero en un comunicado de prensa.
Igualmente, la orden obliga a toda persona que utilice instalaciones municipales como teatros, anfiteatros, estadios, coliseos y centros de actividades para presentar algún evento en el que se propicie la aglomeración de 500 visitantes o más les requerirá estar vacunados contra el covid-19.
A estas 500 personas también se les requerirá un resultado negativo de la covid-19 proveniente de una prueba viral realizada dentro de un término máximo de 48 horas, antes de acceder a la instalación municipal.
En el caso de espectáculos, eventos o actividades cuya asistencia sea menor de 500 visitantes, se requerirá cumplir con uno de los requisitos mencionados anteriormente, entiéndase certificado de vacunación o prueba viral negativa.
La orden, a su vez, prohíbe la asistencia de menores de cinco años o menos a eventos en instalaciones municipales, ya sea en formato cerrado o abierto, aunque cuenten con una prueba viral cualificada, debido a que estos aún no han sido autorizados para recibir las vacunas contra el coronavirus.
No obstante, se permitirá la entrada de menores de cinco años si el espectáculo, evento o actividad cuenta con la dispensa correspondiente emitida por el secretario de Salud, Carlos Mellado.
Finalmente, los únicos empleados, contratistas y subcontratistas del Municipio que laboren de manera presencial y estarán exentos de cumplir con la directriz, son aquellos cuyo sistema inmunológico está comprometido, sean alérgicos a las vacunas o tienen alguna otra contraindicación médica o por creencia religiosa.
Ante ello, estos deberán presentar un certificado de un médico autorizado a ejercer su práctica en Puerto Rico, donde se precise la duración de la contraindicación médica e indicar si esta es temporera o permanente, y deberán presentar periódicamente una prueba negativa de covid-19.