San Juan, 25 ene (EFE News) – El Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) ordenó a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) abstenerse de ejecutar un Plan de Infraestructura a 10 Años (Plan), que provee para nuevos recursos de generación a base de combustibles fósiles que fueron rechazados en el Plan Integrado de Recursos (PIR) y el Plan de Acción Modificado aprobados por el NEPR en agosto.
El comunicado divulgado este lunes recuerda que la AEE no sometió el Plan al NEPR, el cual si fue enviado a la Administración de Manejo de Emergencias federal (Fema),
El comunicado subraya que el NEPR advino la radicación del Plan ante Fema a través de los medios.
Por ello, el 30 de diciembre de 2020, el NEPR ordenó a la AEE sometiera copia del Plan y señalo una Conferencia Técnica que fue transmitida en vivo el 11 de enero de 2020.
Luego de evaluarlo y recibir el «insumo» de la AEE durante la Conferencia Técnica, el NEPR determinó que el Plan no es consistente con el PIR y el Plan de Acción Modificado aprobados por la Negociado de Energía.
PIR, HERRAMIENTA DE PLANIFICACIÓN
El PIR, recuerda el comunicado, es una herramienta de planificación, requerida por la Ley 57-2014, que debe ser evaluado y aprobado por el NEPR mediante un proceso de adjudicación, con amplia participación pública.
El PIR tiene un horizonte de planificación de 20 años, revisable cada tres años.
El PIR debe garantizar el desarrollo del sistema de energía eléctrica en Puerto Rico, así como mejorar la confianza, la eficiencia, la transparencia del sistema y costos justos y razonables para los consumidores.
En el PIR se contemplan todos los recursos razonables para satisfacer la demanda de servicios de energía eléctrica en la isla.
Asimismo, encamina una agresiva transformación energética (hoja de ruta) hacia las fuentes renovables requerida por la política pública.
ORDENA DESARROLLO DE 3,500 MEGAVATIOS EN FOTOVOLTAICA
El PIR aprobado por el NEPR ordena el desarrollo de al menos 3,500 megavatios de recursos de generación solar fotovoltaica hasta un máximo de 3,900 megavatios para el año 2025.
Además, ordena el desarrollo de al menos 1,360 megavatios de Sistemas de Almacenaje de Energía por medio de Baterías, hasta un máximo de 1.480 megavatios para el año 2025.
Igualmente, ordena el retiro dentro de los próximos 5 años de una porción de las unidades de respuesta rápida Frame 5, así como las siguientes unidades de vapor de la AEE: Aguirre 1 & 2; Aguirre CC 1 & 2; San Juan 7, 8, 9 & 10; Palo Seco 3 & 4; y Costa Sur 5 & 6.
Mediante resolución y orden emitida hoy, el NEPR le exigió a la AEE que abstenerse «inmediatamente de exceder el alcance y el presupuesto asignado en el PIR aprobado y el Plan de Acción modificado» para una planta de generación de ciclo combinado en Palo Seco.
El NEPR solo aprobó $5 millones para estudios preliminares asociados a dicha planta, cuyo desarrollo requiere la aprobación expresa del NEPR.
También ordenó a la AEE abstenerse de realizar inversión de capital en su flota de generación o el sistema de Transmisión y Distribución, sin la aprobación previa del NEPR.
Asimismo, la AEE debe «inmediatamente abstenerse de usar sus planes y estudios como ataque colateral al PIR Aprobado y al Plan de Acción Modificado».
El NEPR determinó que el Plan de Infraestructura a 10 años de la AEE debe ser revisado inmediatamente porque «incumple con el PIR aprobado y el Plan de Acción Modificado».
El ente regulador le advirtió a la AEE que el incumplimiento con sus órdenes o sus requisitos legales aplicables puede acarrear la imposición de multas administrativas de hasta $25,000 diarios por cada violación y otras sanciones que el NEPR crea apropiadas.