Por José R. López-Díaz
Maestro de Historia y Estudiante Maestría de Teología
Puerto Rico necesita inversión, empleos e infraestructura. También necesita procesos gubernamentales más ágiles y eficientes. Sin embargo, toda política pública debe evaluarse a la luz de una pregunta fundamental: ¿promueve realmente el bien común o favorece intereses particulares sobre los intereses de la comunidad?
La Ley 82 de 2026 se presenta como una medida para acelerar el desarrollo económico y reducir litigios que puedan retrasar proyectos de construcción e infraestructura. Aunque esos objetivos pueden ser legítimos, varias de sus disposiciones generan preocupación porque limitan la capacidad de los ciudadanos para defender el interés público.

Uno de los cambios más significativos es que las personas que deseen impugnar permisos o solicitar la paralización de una obra deberán demostrar un daño personal o patrimonial específico, inminente y reparable. Ya no bastará con señalar que una ley o un reglamento fueron violados. Esto dificulta que ciudadanos y organizaciones puedan actuar en defensa de bienes colectivos como los recursos naturales, los espacios públicos o el patrimonio histórico.
El problema es evidente: muchos de los daños más graves que puede sufrir una sociedad no afectan únicamente a una persona. La destrucción de un humedal, la pérdida de terrenos agrícolas o el impacto sobre una reserva natural perjudican a comunidades enteras y a futuras generaciones. Exigir un daño individual para actuar limita la capacidad de la ciudadanía para proteger bienes que pertenecen a todos.
La ley también flexibiliza las posibilidades de desarrollo en terrenos clasificados como suelo rústico especialmente protegido cuando los proyectos sean considerados estratégicos, prioritarios o de infraestructura crítica. Aunque el desarrollo económico es necesario, existe el riesgo de que estas excepciones terminen debilitando la protección de áreas que poseen valor ecológico, agrícola o ambiental.
Más preocupante aún es la disposición que exige una fianza mínima equivalente al 10 % del valor de un proyecto para solicitar su paralización. En proyectos de millones de dólares, esta cantidad podría ser imposible de pagar para comunidades, organizaciones sin fines de lucro o ciudadanos afectados. En la práctica, esto convierte el acceso a la justicia en un privilegio reservado para quienes poseen recursos económicos significativos.
Desde la perspectiva de la Doctrina Social de la Iglesia católica, el bien común requiere participación ciudadana, acceso a la justicia y protección de la creación. La propiedad privada y el desarrollo económico son importantes, pero no absolutos. Deben estar siempre subordinados al bienestar de toda la sociedad y al respeto de los bienes compartidos.
Puerto Rico necesita crecimiento económico, pero también necesita instituciones que permitan a sus ciudadanos fiscalizar, participar y defender aquello que pertenece a todos. Una democracia saludable no se fortalece reduciendo la voz de las comunidades ni encareciendo el acceso a la justicia.
La verdadera pregunta no es si queremos desarrollo. La pregunta es qué tipo de desarrollo queremos: uno que fortalezca el bien común o uno que haga más difícil para los ciudadanos defenderlo.





