El tribunal concluye que no se cumplieron los requisitos legales y cita vista para evaluar un interdicto preliminar el 22 de diciembre
San Juan (EFE) – El juez superior Arnaldo Castro Callejo, del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, denegó la solicitud de entredicho provisional presentada por la Autoridad para las Alianzas Público Privadas (P3) y la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) como parte de la demanda contra LUMA Energy para cancelar su contrato.
La decisión del juez se da un día después de que el Gobierno de Puerto Rico presentara ante el Tribunal de San Juan el recurso legal para cancelar el contrato de LUMA Energy.
En su resolución, Castro Callejo concluyó que los demandantes no demostraron que la información solicitada estuviera en riesgo de ser destruida o desaparecida, que su ausencia representara un peligro inmediato para el sistema eléctrico o que hubiesen realizado solicitudes previas a LUMA para obtenerla.
«Por tal razón, se deniega la solicitud de entredicho provisional», enfatiza Castro Callejo en su determinación publicada en las redes sociales.
Las agencias solicitaban una orden inmediata para obligar a LUMA a entregar información y documentos relacionados con el acuerdo suplementario que, según los demandantes, extendió indebidamente la vigencia del contrato operativo más allá del 30 de noviembre de 2022.
Argumentaban además que la falta de acceso a esa información podría causar «daños enormes e irreparables que afectarían la salud, vida y propiedad» del pueblo.
El tribunal, no obstante, determinó que no se cumplían los requisitos legales para emitir un entredicho provisional sin vista previa.
En la demanda, se planteó «la invalidez de una pretendida extensión del contrato bajo el cual LUMA Energy, LLC, y LUMA Energy ServCo, LLC, operan el sistema de transmisión y distribución más allá del término interino originalmente acordado».
«Esta ‘extensión’, suscrita el 30 de noviembre de 2022, resultó en otorgarle a LUMA un control indefinido sobre la operación del sistema eléctrico, despojar a la P3 y a la AEE de la facultad resolutoria que les pertenecía y subordinar el interés público a la mera voluntad del operador privado», añadió el documento.
La gobernadora de Puerto Rico, Jenniffer González, en un mensaje especial tras la demanda presentada, mencionó que el Gobierno de la isla contrató a LUMA creyendo un proceso de licitación donde presentaron «sus múltiples capacidades, calificaciones técnicas que le hacían merecedora de la confianza del pueblo».
Asimismo, el juez Castro Callejo señaló una vista presencial el 22 de diciembre de 2025 a las 9:30 de la mañana para determinar si procede conceder un interdicto preliminar, en la cual las partes deberán exponer hechos, discutir teoría legal, presentar prueba y estar preparadas para una posible vista evidenciaria.




