Las medidas incluyen cambios a la Alerta Silver, ajustes en la respuesta municipal ante emergencias y sanciones por venta de cigarrillos a menores
SAN JUAN (EFE) – La gobernadora, Jenniffer González, firmó 17 nuevas medidas que buscan desde agilizar servicios a cambios en la Alerta Silver, mejorar respuestas durante emergencias y proteger a menores, entre otras.
La Ley 34-2026, Proyecto de la Cámara 601, de la autoría de la representante Omayra M. Martínez Vázquez, enmienda los Artículos 2 y 5 de la conocida como la Ley Habilitadora para implementar el Plan de Alerta Silver.
Esto para aclarar el periodo de tiempo en el que se emitirá la alerta con el objetivo de asegurar que las autoridades actúen de manera expedita y efectiva para localizar personas desaparecidas con condiciones cognitivas.
Se establece un plazo máximo de seis horas para emitir la Alerta Silver desde el último avistamiento o desde la presentación de la querella, y se repitan conforme a las guías del Emergency Alert System (EAS) y la FCC. Actualmente ya la Ley tiene un plazo máximo de 24 horas desde la prestación de la querella.
Por su parte, la Ley 32-2026, Proyecto de la Cámara 430, de la autoría del representante José ‘Pichy’ Torres Zamora, enmienda el Código Municipal de Puerto Rico.
Establece que, cuando se declare un estado de emergencia en un municipio, el alcalde o su representante deberá notificar a la corporación pública correspondiente, con al menos 24 horas de anticipación al inicio de cualquier trabajo dirigido a normalizar o restablecer la luz y el agua.
Esto permite que el municipio pueda comenzar los trabajos más rápido (24 horas) para normalizar o restablecer el sistema de energía eléctrica o instalaciones de suministro y tratamiento de agua potable. Actualmente son cinco días.
La gobernadora también firmó la Ley 36-2026, Proyecto del Senado 241, de la autoría del senador Ángel Toledo y de la coautoría Migdalia Padilla y Gregorio Matías, que enmienda el Código de Rentas Internas de Puerto Rico.
Esta medida sanciona a toda persona que intente inequívocamente vender, donar, dispensar, despachar o distribuir a un menor de 21 años, cigarrillos, cigarrillos electrónicos y productos relacionados.
También se sanciona a quienes induzcan, aconsejen, inciten, persuadan, tienten, manipulen, coaccionen o ayuden a cometer tales conductas que afectan negativamente la salud física y mental de los menores.





