La Ley 58-2026 declara el 15 de mayo como fecha oficial para reconocer la aportación histórica, educativa y social de estas organizaciones
San Juan, Puerto Rico — La gobernadora Jenniffer González Colón firmó cinco nuevas leyes dirigidas a actualizar marcos normativos, promover la transparencia y seguridad en la función pública, y reconocer entidades que contribuyen a la calidad de vida en Puerto Rico.
Entre las medidas convertidas en ley figura la Ley 58-2026, correspondiente al Proyecto de la Cámara 225, que declara el 15 de mayo de cada año como el “Día de las Fraternidades y Sororidades en Puerto Rico”.
La medida, de la autoría de los representantes Gabriel Rodríguez Aguiló y Ángel Morey Noble, con la coautoría de Ángel R. Peña Ramírez y Joe Colón Rodríguez, busca exaltar la trayectoria de estas organizaciones y agradecer su labor en favor del servicio público, tanto individual como colectivo.
Según la exposición de motivos del proyecto, el movimiento fraternitario y sororitario en Puerto Rico surgió a principios del siglo XX como una alianza de jóvenes universitarios vinculados a la defensa de la educación pública, la justicia social y la libertad de expresión. El documento legislativo destaca que la primera fraternidad puertorriqueña fue fundada en 1923 y la primera sororidad en 1927.
La ley también dispone que el gobernador o gobernadora de Puerto Rico deberá emitir una proclama oficial alusiva a la fecha con al menos diez días de anticipación al 15 de mayo, para su divulgación pública.
La medida entró en vigor inmediatamente después de su aprobación.
Otras medidas convertidas en ley
Ley 57-2026 | Proyecto de la Cámara 142
De la autoría del representante Ángel Morey Noble.
La medida enmienda la Ley 151-2004 (Ley de Gobierno Electrónico), para consolidar y modernizar la política pública que obliga a las agencias a informar y educar a la ciudadanía sobre proyectos que afectan servicios esenciales, utilizando herramientas digitales para garantizar mayor transparencia y uniformidad; debido a esto, la Ley 98-2002, conocida como “Ley de Información de Educación e Información al Usuario de Servicios Gubernamentales” se vuelve obsoleta por lo que también la medida la deroga.
Se establece que las agencias y corporaciones públicas deberán crear programas formales de educación e información sobre proyectos de infraestructura o mejoras que impacten servicios esenciales como agua, luz o transporte. Esto incluye publicar detalles específicos (ubicación, alcance, duración e impacto) y notificar con al menos 30 días de anticipación, o 48 horas en casos excepcionales, además de monitorear los efectos durante la ejecución.
Ley 59-2026 | Proyecto de la Cámara 435
De la autoría del representante José F. Aponte Hernández.
La medida enmienda la Ley 6-2011con el objetivo de establecer mecanismos legales necesarios para confirmar que las personas que ejerzan como entrenadores deportivos de los niños estén libres de sustancias controladas en su organismo.
Se requerirá una prueba negativa de detección de sustancias controladas a toda persona interesada en solicitar una licencia como entrenador de equipos pertenecientes a clubes deportivos, adscritos al Departamento, así como a Federaciones Deportivas en que participen menores hasta los dieciocho (18) años. La persona deberá costear dicha prueba.
Se faculta al Departamento de Recreación y Deportes, administrar pruebas periódicas para la detección de sustancias controladas a todo entrenador de manera aleatoria durante la vigencia de su licencia.
Ley 60-2026 | Proyecto de la Cámara 582
De la autoría del presidente de la Cámara de Representantes Carlos J. Méndez Núñez.
La medida enmienda la Ley Núm. 4 del 23 de junio de 1971 (Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico) para actualizar y precisar el lenguaje para evitar discrepancias entre las facultades y obligaciones que le fueron otorgadas al Departamento de Salud conforme a la Ley Núm. 67. Los artículos enmendados todavía hacían referencia a que era el Administrador de la Administración de Servicios de Salud Mental y contra la Adicción quien tiene la facultad para investigar toda violación de naturaleza criminal o administrativa a la Ley
Ley 61-2026 | Proyecto de la Cámara 767
De la autoría del presidente de la Cámara de Representantes Carlos J. Méndez Núñez y de la coautoría de Pedro J. Santiago Guzmán.
La medida enmienda la Ley Núm. 95 de 29 de junio de 1963, (Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos), para corregir un error técnico, añadir a los funcionarios y empleados del Departamento de Seguridad Pública y del Departamento de Educación en la definición de “empleado” con el fin de conformarla al estado de derecho vigente y restablece la facultad del Departamento de Educación de negociar directamente planes de salud.





