La exención aplicará del 23 al 26 de mayo e incluirá generadores, alimentos y equipos solares
San Juan (EFE) – El secretario de Hacienda, Ángel L. Pantoja, anunció este miércoles que el periodo libre del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) para compras de artículos y equipos relacionados con la preparación para la época de huracanes 2025, se llevará a cabo por cuatro días, del 23 de mayo al 26 de mayo.
«Este año se añade un día al periodo de ventas exentas de IVU en la compra de ciertos artículos y equipos para que los ciudadanos estén listos en caso de que enfrentemos algún fenómeno atmosférico», explicó Pantoja en un comunicado.
Las ventas comenzarán a las 12:00 de la medianoche del viernes 23 de mayo y se extenderán hasta las 11:59 de la noche del lunes 26 de mayo, Día de la Recordación.
«Es un periodo más cómodo para que nos preparemos para la temporada de huracanes que comienza en junio», dijo el funcionario.
Los artículos de preparación se definen como los utilizados para que las personas se organicen antes del comienzo de la temporada de huracanes.
Se incluyen, entre otros, envases, tanques y cisternas para combustible y agua, además de productos y equipo para su mantenimiento, tormenteras, herrajes, anclajes y tornillería, madera en palos y paneles no tratados, sogas y amarres, paneles de zinc de construcción, alimentos no perecederos, agua, artículos de limpieza e higienización y piezas y productos de reparación y mantenimiento de generadores y equipo solar de emergencia.
También estarán disponibles para la venta exentos del IVU, equipos como generadores portátiles, cuyo precio de venta no exceda los 3.000 dólares, baterías individuales o paquetes (AA, AAA, C, D, 6 voltios o 9 voltios) y lámparas operadas con baterías o energía alternativa, linternas, velas y fósforos.
A estos se unen los equipos solares de emergencia, estufas y hornillas de gas, escaleras, neveras portátiles, extintores de incendio y botiquines de primeros auxilios.
La exención del impuesto cualificará para ventas bajo planes a plazo, con vales, compras por correspondencia, teléfono, correo electrónico o Internet y certificados y tarjetas de regalo, siempre y cuando ocurran dentro del periodo de exención de cuatro días.
Mientras, para beneficio de los consumidores y de los comerciantes, se añadió un periodo de 30 días para la entrega de tormenteras, luego de realizado el pago final, dentro de los cuatro días de ventas exentas.




