La medida propone reeducación supervisada y mayores protecciones a las víctimas cuando el delito es cometido por familiares
SAN JUAN, Puerto Rico – La Comisión de lo Jurídico del Senado de Puerto Rico celebró una vista pública para evaluar la creación del Programa de Desvío para la Reeducación en Casos de Explotación Financiera cometidos contra personas de edad avanzada o incapacitadas, cuando los ofensores sean familiares de la víctima.
La audiencia se realizó como parte del análisis del Proyecto del Senado 781, presentado por el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, a petición de la Oficina de la Procuradora de las Personas de Edad Avanzada. La medida busca fortalecer la protección de este sector vulnerable y promover alternativas de rehabilitación dentro del proceso penal.
Durante los trabajos, la procuradora de las Personas de Edad Avanzada, Yolanda Varela Rosa, defendió la propuesta al sostener que atiende las circunstancias particulares de los casos de explotación financiera cometidos por familiares, a la vez que promueve la rehabilitación moral y la educación del convicto, sin dejar de priorizar el bienestar y los derechos de la víctima.
El proyecto establece un mecanismo de desvío condicionado a la reeducación para ciertos casos de delito grave de explotación financiera. El beneficio solo estaría disponible para personas que no tengan convicciones previas por delitos de maltrato ni hayan violado órdenes de protección, y que acepten voluntariamente su responsabilidad penal mediante un acuerdo formal entre el Ministerio Público, el acusado y la entidad que ofrecerá los servicios de reeducación.
Según dispone la medida, el programa tendrá una duración mínima de un año y máxima de tres años, bajo supervisión judicial. El tribunal deberá considerar la opinión de la víctima antes de conceder el desvío e imponer las condiciones que estime necesarias. En caso de incumplimiento, el juez podrá revocar el beneficio y dictar sentencia.
De completarse el programa de manera satisfactoria, el tribunal podrá dejar sin efecto el procedimiento penal, mantener el expediente de forma confidencial y evitar que el caso se considere una convicción para efectos legales futuros. Este beneficio solo podrá concederse una vez.
Durante la vista pública, el Departamento de Justicia respaldó los fines del proyecto, al reconocer un aumento sostenido en los casos de explotación financiera contra personas de edad avanzada o incapacitadas, particularmente cuando los ofensores son familiares. La fiscal Brenda Rosado Aponte, de la Unidad de Control de Fraude al Medicaid, indicó que la propuesta promueve un balance entre la rehabilitación del ofensor y la protección de la víctima, mediante procesos de reeducación supervisados judicialmente.
No obstante, el Departamento de Justicia presentó recomendaciones técnicas, entre ellas fortalecer la tipificación y las penalidades del delito de explotación financiera en el Código Penal y establecer parámetros claros para la aplicación del programa de desvío. La agencia indicó que, de incorporarse estas recomendaciones, no tendría objeción legal a la continuación del trámite legislativo.
Por su parte, el Departamento de Corrección y Rehabilitación presentó observaciones dirigidas a asegurar una implementación efectiva del programa, incluyendo el desarrollo de un modelo de reeducación especializado, mecanismos de supervisión comunitaria, mayor coordinación interagencial y la asignación de recursos para evaluar el impacto del programa en la reducción de la reincidencia.
La medida también contempla la expedición de órdenes de protección a favor de la víctima durante la vigencia del programa y la participación de la OPPEA en la elaboración de guías. La discusión durante la vista se centró en el análisis del proyecto y en la identificación de posibles enmiendas antes de la preparación del informe final de la Comisión.





