El regreso del caso de LUMA a los tribunales de Puerto Rico reabre el debate sobre la legalidad de la extensión del contrato, la privatización del sistema eléctrico y el futuro energético del país
Por Dr. Rolando Emmanuelli Jiménez
Abogado y Profesor de Derecho
La noticia más importante no es simplemente que el caso de LUMA vuelve a los tribunales de Puerto Rico. La noticia importante es que, por primera vez en mucho tiempo, el país puede estar ante una oportunidad real de mirar de frente la legalidad de una de las decisiones públicas más dañinas que se han tomado en la historia reciente de Puerto Rico: la entrega del sistema de transmisión y distribución eléctrica a una empresa privada mediante un contrato leonino, opaco y contrario al interés público.

Durante años se nos ha dicho que LUMA era inevitable. Que era parte de la modernización. Que la Autoridad de Energía Eléctrica no servía. Que el sector privado iba a traer eficiencia, tecnología, rapidez y disciplina administrativa. Pero el país ha vivido otra cosa: apagones, aumentos, excusas, falta de transparencia, costos exhorbitantes, conflictos con los municipios, quejas de los consumidores, retrasos en el uso de fondos federales y un sistema eléctrico que está peor que antes.
Por eso esta controversia no puede verse como un pleito técnico entre abogados. Lo que está en juego es mucho más profundo. Se trata de determinar si la extensión del contrato de LUMA, aprobada en noviembre de 2022, cumplió con la ley o si fue una actuación ilegal que permitió que LUMA siguiera operando sin las aprobaciones requeridas.
Para entender la importancia de este momento hay que contar la historia en orden. Primero vino la Ley 29, aprobada bajo la administración de Luis Fortuño, que creó el marco general de las alianzas público privadas. Esa ley abrió la puerta para que servicios públicos e infraestructura esencial pudieran colocarse bajo estructuras contractuales con empresas privadas. Desde entonces, se nos vendió la idea de que la privatización era sinónimo de eficiencia.
Luego vino la Ley 120 de 2018, aprobada bajo la administración de Ricardo Rosselló. Esa ley fue más específica. Permitió que la Autoridad de Energía Eléctrica entrara en alianzas público privadas para transferir operaciones del sistema eléctrico. Fue la ley que preparó el terreno jurídico para lo que después sería el contrato leonino de LUMA.
En 2020 se firmó el contrato con LUMA Energy. Desde el principio fue un contrato problemático. No era un acuerdo equilibrado entre el pueblo de Puerto Rico y una empresa llamada a servirle al país. Era un contrato diseñado para proteger a la empresa privada, garantizarle pagos sustanciales y limitar la capacidad real del gobierno de exigir resultados. Por eso siempre he dicho que el contrato de LUMA es leonino. Es decir, es un contrato que favorece desproporcionadamente a una parte. Y esa parte no es el pueblo de Puerto Rico. Esa parte es LUMA.
LUMA comenzó operaciones en 2021. Desde entonces, el país empezó a sentir en carne propia las consecuencias de esa decisión. Lo que se había prometido como una transformación del sistema eléctrico terminó convirtiéndose en una continuidad del desastre, pero ahora con menos control público, menos transparencia y mayor distancia entre el pueblo y quienes toman decisiones sobre un servicio esencial.
Sin embargo, el contrato original tenía una peculiaridad. Como todavía estaba pendiente el proceso del Plan de Ajuste de la Deuda de la Autoridad de Energía Eléctrica, se estableció un periodo provisional. Durante ese periodo, LUMA tendría ciertos derechos especiales. Entre ellos, una compensación mayor y la posibilidad de retirarse si el resultado del Plan de Ajuste no le convenía.
Ese acuerdo provisional tenía una lógica temporal. No era indefinido. Era una especie de puente mientras se resolvía la incertidumbre de la deuda de la AEE. Y como parte de ese arreglo, LUMA iba a cobrar más. Su compensación, que originalmente rondaba los $100 millones, aumentaba a más $115 millones durante ese periodo provisional. Y para colmo, con ajustes por costo de la vida, lo que ahora representa más de 135 millones anuales.
Pero ese periodo tenía fecha de expiración. Llegó noviembre de 2022. En ese momento el país tenía que decidir si permitía que LUMA siguiera bajo ese esquema provisional o si exigía un proceso legal completo, transparente y conforme a la Ley 120. Fue entonces cuando frentre al reclamo fundamentado de un mejor juicio, Pedro Pierluisi firmó la extensión.
Antes de esa extensión hubo mucha discusión pública. Muchas personas advertimos que el contrato no debía renovarse ni extenderse. Incluso, se le explicó personalmente al gobernador Pedro Pierluisi por qué no debía autorizar esa extensión. Pero el gobernador ignoró las críticas, desatendió las advertencias y permitió que LUMA continuara.
Ahí comienza el problema jurídico que ahora está ante los tribunales.
La Ley 120 no permite que una extensión sustancial de esta naturaleza se apruebe de cualquier manera. Esa ley exige un proceso formal. Exige aprobaciones regulatorias específicas. Exige que ciertos representantes en la Autoridad de Alianzas Público Privadas participen en la aprobación. Y establece algo importantísimo: si los representantes legislativos se abstienen, esa abstención equivale a un voto en contra. Ese detalle puede decidir el caso en contra de Luma.
Porque si la extensión requería aprobación bajo la Ley 120, y si los representantes del Senado y la Cámara no votaron a favor, sino que se abstuvieron, entonces jurídicamente no hubo aprobación válida. La ley no dice que la abstención permite seguir adelante. La ley dice que la abstención cuenta como voto negativo.
Por eso la demanda presentada por la Autoridad de Alianzas Público Privadas, con el respaldo del gobierno y de la AAFAF, plantea que la extensión de noviembre de 2022 es nula. No necesariamente porque hayan decidido litigar todos los defectos del contrato original, aunque esos defectos existen. La teoría principal es que la extensión no cumplió con la Ley 120 y, por tanto, no puede producir efectos jurídicos.
También se plantea que faltaba un certificado de energía emitido por el Negociado de Energía de Puerto Rico. Ese documento, según el marco legal aplicable, era necesario cuando se modificaba una alianza público privada relacionada con energía. En un país serio, una modificación sustancial del contrato que controla el sistema eléctrico no se hace sin los documentos y certificaciones que exige la ley. Aquí no estamos hablando de un detalle menor. Estamos hablando de la estructura legal que protege al pueblo frente a decisiones tomadas a espaldas del interés público.
Si las alegaciones de la demanda son correctas, y todo apunta a que son sustanciales, entonces la conclusión puede ser contundente: la extensión es nula. Y si es nula, jurídicamente nunca debió producir el efecto de permitirle a LUMA continuar bajo ese esquema. Eso es lo que convierte este pleito en una amenaza existencial para LUMA.
Por eso LUMA hizo lo que hizo. Ante el riesgo de que los tribunales de Puerto Rico atendieran rápidamente el asunto, LUMA solicitó la remoción del caso al tribunal federal de Título III, ante la jueza Laura Taylor Swain. En términos sencillos, la remoción es el mecanismo mediante el cual una parte intenta sacar un caso del tribunal estatal y llevarlo al tribunal federal.
La teoría de LUMA era que, como la Autoridad de Energía Eléctrica está en un proceso bajo PROMESA, el contrato de LUMA forma parte de los asuntos relacionados con la reorganización de la AEE. Según esa lógica, cualquier pleito que pueda afectar el contrato debe estar bajo la jurisdicción del tribunal federal de Título III.
Ese argumento no era nuevo. Hemos visto antes intentos parecidos de atraer controversias locales al foro de PROMESA. Y también hemos visto cómo la jueza Swain ha sido cuidadosa, en ciertos contextos, al definir los límites de su jurisdicción. Por eso, desde el principio, era razonable pensar que el caso podía regresar al tribunal de Puerto Rico.
Pero aquí ocurrió algo importante. La Junta de Control Fiscal, que en otros momentos no necesariamente había intervenido de forma tan directa en estos asuntos, decidió entrar en apoyo de LUMA. Eso cambió el panorama político y procesal, porque la Junta suele tener una influencia enorme en el tribunal de Título III. Como hemos dicho muchas veces, la jueza Swain le ha concedido a la Junta casi todo lo que ha pedido.
Aun así, el tribunal federal resolvió que no tenía jurisdicción para quedarse con el caso. Esa determinación es muy importante. Significa que el tribunal de PROMESA reconoció que esta controversia pertenece al derecho puertorriqueño, a los tribunales de Puerto Rico y al examen de si las agencias cumplieron con las leyes locales aplicables.
La posición de la Autoridad de Alianzas Público Privadas, de la gobernadora y de la AAFAF fue que el caso debía regresar al foro local. Su argumento principal era que se trata de una acción regulatoria y contractual bajo las leyes de Puerto Rico. PROMESA no debe usarse para desplazar la facultad del país de hacer cumplir sus leyes sobre permisos, contratos públicos, alianzas público privadas y regulación energética. Ese argumento prevaleció.
El tribunal federal reconoció que aquí se está discutiendo si Puerto Rico cumplió con su propia ley. La Ley 120. La ley de alianzas público privadas. El Código Civil. Las normas de validez contractual. Las reglas sobre cómo se aprueba una modificación sustancial de un contrato público sobre energía.
Eso es un triunfo importante para la jurisdicción local. También es una derrota significativa para la estrategia de LUMA y la Junta de Control Fiscal, que pretendían mantener el caso en un foro donde la discusión podía quedar atrapada en los intereses de la deuda, la reorganización y el control federal sobre Puerto Rico.
Ahora el caso regresa al Tribunal de Primera Instancia de San Juan. Pero el asunto no necesariamente seguirá el camino ordinario de un juicio, una apelación y luego una revisión ante el Tribunal Supremo. Está pendiente una petición de certificación intrajurisdiccional para que el Tribunal Supremo de Puerto Rico atienda directamente la controversia. Ese punto es fundamental.
La certificación intrajurisdiccional permite que el Supremo tome un caso cuando hay asuntos de gran interés público, urgencia o necesidad de resolver una controversia jurídica de manera pronta. No se usa para cualquier cosa, pero en la última década el Supremo ha sido mucho más activo en aceptar casos de esta naturaleza.
Cuando yo estudiaba Derecho, ese mecanismo se veía como algo excepcional. Con el tiempo, se ha convertido en una herramienta importante para atender casos que no deben esperar meses o años en el trámite ordinario. Y este caso tiene todos los elementos para generar ese debate: afecta al sistema eléctrico, al bolsillo del pueblo, a la estabilidad del país y al control público de un servicio esencial.
Ahora bien, el Supremo tendrá que decidir si el caso está listo para resolverse. Uno de los argumentos en contra de aceptar la certificación es que el Supremo no debe convertirse en un tribunal de primera instancia. Si el caso requiere prueba testifical, descubrimiento de prueba, evaluación de credibilidad o desarrollo de un récord complejo, entonces quizás convenga que el caso se vea primero en el Tribunal de Primera Instancia. Pero si el asunto puede resolverse con documentos, actas y disposiciones legales, la situación cambia.
Porque si las actas de la Autoridad de Alianzas Público Privadas reflejan que los representantes legislativos se abstuvieron, y si la Ley 120 dice que la abstención equivale a voto en contra, entonces no hace falta un juicio de tres semanas para sumar dos más dos. Hace falta aplicar la ley.
Lo mismo ocurre con la naturaleza de la extensión. Si el documento de noviembre de 2022 no fue una simple extensión de calendario, sino una modificación sustancial que alteró términos económicos y derechos contractuales, entonces había que cumplir con los requisitos legales aplicables. Si no se cumplieron, la consecuencia jurídica es la nulidad.
Por eso este caso puede estar maduro para una determinación rápida. No porque sea sencillo en su impacto, sino porque puede ser claro en su fundamento legal.
Si el Supremo acepta la certificación, los días de LUMA podrían estar contados. Si la declina, el caso regresará al Tribunal de Primera Instancia para desarrollar un récord más amplio. En cualquiera de los dos escenarios, la pregunta central seguirá siendo la misma: ¿se cumplió con la ley cuando se extendió el contrato de LUMA?
Pero hay una pregunta todavía más grande: si LUMA sale, ¿quién se hace cargo del sistema? Ahí es donde el país tiene que tener mucho cuidado.
La Ley 120 contempla que, si sale un privatizador, se puede buscar otro. Esa posibilidad existe. Pero que algo esté permitido por ley no significa que sea correcto, prudente o conveniente para Puerto Rico. Reemplazar a LUMA por otra empresa privada sería repetir el mismo error histórico con otro nombre, otro logo y probablemente una factura más cara.
Ya vivimos esa experiencia en otros servicios esenciales. La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados tuvo privatizaciones fallidas que costaron millones de dólares. El patrón es conocido: se promete eficiencia, se entregan funciones públicas a una empresa privada, surgen conflictos de interés, se deteriora el servicio, aumentan los costos y al final el país paga los platos rotos. La energía eléctrica no puede manejarse con esa mentalidad.
Un privatizador tiene un deber principal con sus intereses económicos. Quiere cobrar, proteger su margen, cumplir con sus accionistas y minimizar riesgos. El pueblo necesita otra cosa: energía confiable, al menor costo posible, segura y orientada al desarrollo económico y social del país. Esas dos lógicas son contrapuestas.
Por eso he insistido en que la privatización de LUMA fue un error histórico. No porque la vieja Autoridad fuera perfecta. No lo era. La Autoridad fue politizada, mal administrada, colonizada por intereses partidistas y debilitada por décadas de decisiones irresponsables. Pero el remedio a una corporación pública enferma no era entregarla a una empresa privada. El remedio era reformarla.
Ese es el punto que muchas veces se pierde en la discusión pública. Criticar a LUMA no significa defender la vieja Autoridad tal como existía. Significa reconocer que un servicio esencial debe estar en manos públicas, pero bajo una estructura nueva, profesional, transparente y democrática.
Puerto Rico necesita una nueva Autoridad de Energía Eléctrica. Una Autoridad reformulada. Una Autoridad que no sea botín político. Una Autoridad donde los nombramientos respondan al mérito, donde haya participación real de consumidores residenciales, comerciantes, industriales, municipios, trabajadores y expertos técnicos.
Hoy, la estructura legal de la Autoridad todavía tiene defectos graves. La Junta de Gobierno depende demasiado de nombramientos políticos. Hay poca representación real de quienes sufren las consecuencias del mal servicio. Hay poca capacidad de fiscalización democrática. Y esa estructura fue parte del problema que nos trajo hasta aquí. Pero una ley nueva puede corregir eso.
Una Autoridad pública reformada puede tener mecanismos de rendición de cuentas, participación ciudadana, estándares de desempeño, auditorías obligatorias, transparencia contractual y planificación energética a largo plazo. Puede responder a una política pública nacional, no a las ganancias de una empresa privada.
Ese elemento de responsabilidad política es importante. Cuando una corporación pública falla, el gobierno tiene que responder. Los alcaldes llaman. Los legisladores presionan. La gente protesta. El costo político existe. Esa presión democrática no siempre resuelve todo, pero obliga a dar la cara.
LUMA, en cambio, no le responde realmente al pueblo. No le responde a los alcaldes. No le responde a los legisladores. No le responde directamente al elector. Opera detrás de un contrato y de una estructura que diluye la responsabilidad. Cuando algo falla, todos se culpan entre sí: LUMA, Genera, la AEE, el Negociado, la Junta, FEMA, el gobierno. Esa es la Torre de Babel del sistema eléctrico. Por eso sustituir a LUMA por otro privatizador no resuelve el problema. Lo reproduce.
Además, hay que preguntarse si alguna empresa seria querrá entrar ahora al sistema eléctrico de Puerto Rico sin exigir mucho más dinero que LUMA. El sistema está deteriorado. Hay conflictos regulatorios. Hay problemas de generación. Hay atrasos en fondos federales. Hay falta de información. Hay una deuda inmensa y un pueblo cansado de pagar por malos servicios.
Cualquier empresa privada que entre ahora probablemente exigirá más dinero, más protecciones, más garantías y más cláusulas favorables. En otras palabras, podríamos terminar con un contrato peor que el de LUMA.Y entonces, dentro de tres o cuatro años, estaremos diciendo lo mismo: que la nueva empresa no cumplió, que el sistema no mejoró, que los apagones siguen, que el contrato es caro, que no hay transparencia y que hay que buscar otra solución.
No podemos seguir en ese ciclo tóxico.
La salida correcta es recuperar el control público del sistema, pero no mediante nostalgia. Tiene que ser una recuperación con reforma. Tiene que ser una transición planificada, técnica y transparente. Tiene que hacerse con una nueva estructura de gobernanza y con personal capacitado.
Cuando se habla de que la Autoridad reasuma operaciones, algunos sectores intentan crear miedo. Dicen que sería un caos. Que no hay capacidad. Que el sistema colapsaría. Pero hay que recordar algo: LUMA también entró mediante una transición. Un día salieron unos administradores y entraron otros. Eso mismo puede hacerse a la inversa, con planificación adecuada.
Los empleados no tienen que vivir en incertidumbre. Esto no debe ser una persecución contra trabajadores. La discusión principal es de gerencia, control, dirección y política pública. Los trabajadores que conocen el sistema son indispensables para cualquier transición. Lo que hay que cambiar es el modelo de administración y la estructura de responsabilidad.
La operación eléctrica es veinticuatro horas al día, siete días a la semana, trescientos sesenta y cinco días al año. Por eso la transición no puede improvisarse. Tiene que incluir acceso a sistemas, contraseñas, contratos, equipos, vehículos, programas, bases de datos, inventarios, planes de emergencia, coordinación regional y protocolos operacionales. Y aquí hay un problema adicional: LUMA no ha sido transparente.
LUMA ni siquiera ha facilitado adecuadamente el acceso de auditores a la información necesaria para preparar estados financieros completos. Hay una guerra por información. Hay reclamos de falta de documentación. Hay dudas sobre cómo se han manejado recursos, gastos y sistemas internos. Eso no es poca cosa.
Si una empresa privada opera un servicio público esencial y no entrega información completa, el país tiene derecho a preocuparse. No puede haber una caja negra en el corazón del sistema eléctrico. No puede haber opacidad sobre gastos, equipos, métricas, contratos, fondos federales y decisiones operacionales.
Además, LUMA ha estado involucrada en procesos tarifarios donde ha pedido más dinero. El Negociado de Energía le negó una cantidad sustancial de lo solicitado. Alrededor de $1,300 millones que no fueron concedidos. Eso demuestra que LUMA no logró justificar plenamente sus reclamos ante el regulador. Y aun así el pueblo sigue pagando más.
Ese es el absurdo. La privatización se vendió como eficiencia, pero termina convertida en una máquina de pedir más dinero. Cuando falla el servicio, se dice que falta presupuesto. Cuando hay apagones, se culpa a la generación. Cuando no se usan los fondos federales con rapidez, se invocan procesos. Cuando el regulador no concede todo lo que se pide, se alega insuficiencia de recursos. Pero el resultado concreto es el mismo: el pueblo sigue a oscuras.
Y el problema no es solo transmisión y distribución. También está Genera PR en generación. La falta de generación suficiente provoca relevos de carga, que no son otra cosa que apagones organizados por incapacidad del sistema. Si en verano regresan esos relevos, será otra prueba de que el modelo completo ha colapsado.
LUMA controla transmisión y distribución. Genera controla generación. La AEE conserva activos y responsabilidades. El Negociado regula. La Junta interviene. FEMA financia. El gobierno promete. Y el pueblo paga. Esa fragmentación es inmanejable.
Por eso la discusión sobre LUMA no puede separarse de la discusión sobre el modelo energético completo. Si LUMA sale, pero Genera sigue; si la AEE sigue sin reforma; si la Junta sigue imponiendo restricciones; si el gobierno sigue buscando privatizadores; si no hay transparencia; si no hay planificación; entonces no habremos resuelto el problema. Solo habremos movido las piezas del mismo tablero.
La crisis eléctrica también afecta la economía. Un país sin energía confiable no puede crecer. Los comercios pierden dinero. Las familias compran plantas y baterías. Las industrias dudan antes de invertir. Los hospitales, escuelas y servicios esenciales viven bajo amenaza. Y si la economía no crece, tampoco se cumplen las proyecciones que sostienen los planes de ajuste de deuda. Aquí todo está conectado.
No se puede hablar de pagar deuda sin hablar de energía. No se puede hablar de desarrollo económico sin hablar de electricidad. No se puede hablar de justicia social si la gente pobre paga proporcionalmente más por un servicio deficiente. No se puede hablar de futuro si cada semana hay sectores del país sin luz.
Por eso la salida de LUMA, si se produce, debe ser vista como una oportunidad histórica. Pero también como un riesgo. La oportunidad es corregir el rumbo. El riesgo es que el gobierno, por obstinación ideológica, repita el mismo error y busque otro privatizador.
La Junta de Control Fiscal ya ha expresado preocupación por cualquier cambio que afecte los servicios. Ese argumento suena razonable en la superficie. Nadie quiere una transición caótica. Nadie quiere que el país se quede sin luz por una improvisación gubernamental. Pero esa preocupación no puede convertirse en excusa para sostener indefinidamente un contrato defectuoso o una extensión ilegal. La continuidad del servicio se garantiza con planificación, no con impunidad contractual.
Si LUMA no tiene derecho legal a continuar bajo la extensión de 2022, entonces la solución no puede ser mirar para el lado. La solución tiene que ser preparar una transición ordenada, exigir información completa, activar las cláusulas correspondientes y establecer quién administrará el sistema durante y después del cambio.
La energía es un bien público. Es un servicio esencial. Es una condición material para la vida moderna. En un país tropical, vulnerable a huracanes, con pobreza energética y con una economía frágil, la electricidad no puede depender de los intereses de una empresa privada que viene a experimentar con nuestro sistema. Y si la extensión se declara nula, el país debe estar listo.
Listo para exigir la entrega de toda la información. Listo para proteger la continuidad del servicio. Listo para evitar otra privatización improvisada. Listo para reformar la Autoridad. Listo para poner la energía bajo una lógica de derecho público, no de ganancia privada.
LUMA puede tener los días contados. Pero el verdadero peligro no es que LUMA se vaya. El verdadero peligro es que el gobierno no haya aprendido nada. Porque si LUMA se va y el país trae otro LUMA con otro nombre, habremos perdido otra oportunidad histórica.





