La organización sostuvo ante el Primer Circuito en Boston que el Plan de Ajuste de la Deuda no puede usarse para frenar reclamaciones personales contra funcionarios y exfuncionarios públicos
SAN JUAN (EFE) – La Unión Americana de Libertades Civiles de Puerto Rico (ACLU, por sus siglas en inglés) argumentó este miércoles ante la Corte de Apelaciones del Primer Circuito en Boston que las protecciones del Plan de Ajuste de la Deuda bajo la Ley PROMESA no pueden servir para paralizar demandas por violaciones de derechos civiles contra funcionarios y exfuncionarios públicos.
La vista oral se celebró en defensa de la orden emitida por la jueza federal Laura Taylor Swain luego de que la Junta de Control Fiscal apelara la determinación de la letrada, que rechazó el intento del Gobierno de Puerto Rico y la propia Junta de extender indebidamente el alcance de PROMESA para impedir que continúen reclamaciones de daños y perjuicios contra funcionarios individuales.
«Reiteramos ante un panel de jueces del Apelativo que PROMESA no puede servir de escudo para funcionarios y exfuncionarios que enfrenten reclamaciones personales por abusos de poder. Defender esa línea ante el primer circuito es defender la vigencia de los derechos civiles y el acceso a la justicia», afirmó en un comunicado Fermín Arraiza, director legal de la ACLU de Puerto Rico.
La controversia surge del caso presentado por Jonathan Hernández Zorrilla y Yadira Carrasquillo González, quienes alegaron violaciones a sus derechos de libertad de expresión, protección contra allanamientos irrazonables, uso excesivo de fuerza, debido proceso de ley e igual protección de las leyes, como resultado de hechos ocurridos durante una manifestación contra PROMESA en San Juan el 1 de mayo de 2018.
Entre los demandados en su carácter personal figuran el exgobernador Ricardo Rosselló y el exsecretario del Departamento de Seguridad Pública, Héctor Pesquera.
«Nuestro archipiélago no se convertirá en una zona libre de derechos civiles bajo el pretexto de una deuda creada por los propios funcionarios que violentan derechos», agregó Arraiza.
El litigio fue paralizado en septiembre de 2023 por el Plan de Ajuste bajo el Título III.
La ACLU de Puerto Rico solicitó a la Junta de Control Fiscal que levantara la paralización y argumentó que dicha suspensión no aplicaba en las demandas de derechos civiles contra funcionarios en su capacidad personal.
Ante el silencio de la Junta, el 15 de febrero de 2024, la ACLU de Puerto Rico presentó una Solicitud de Alivio del Stay en el caso de Título III.
En su orden, emitida el 30 de septiembre del pasado año, Swain dejó claro que las reclamaciones por daños contra funcionarios en su carácter personal no están prohibidas por el Plan de Ajuste del ELA y rechazó el argumento de que la posible indemnización bajo la Ley Núm. 9.
En el caso de la ACLU de Puerto Rico, los funcionarios no están demandados en su capacidad oficial, sino en su capacidad personal, por lo tanto, no existe una responsabilidad vicaria y el único responsable de cualquier sentencia o veredicto es el funcionario en su capacidad personal.
El plan, reiteró la ACLU, solo cobija responsabilidades directas de los deudores, no de terceros o funcionarios en su capacidad personal.
La reclamación contra terceros no fue negociada por los miembros de la Junta ni forma parte del Plan de Ajuste de la Deuda certificado.
La organización subrayó que la apelación de la Junta busca impulsar una interpretación peligrosa de PROMESA que, de prevalecer, dificultaría que personas cuyos derechos han sido violentados puedan acceder a remedios judiciales plenos en la corte federal.
Asimismo, enfatizó que permitir una lectura expansiva del Plan de Ajuste para cobijar a demandados individuales alteraría principios centrales de la ley federal de derechos civiles y tendría el efecto de debilitar la responsabilidad personal de quienes, desde el poder público, incurran en violaciones constitucionales.





